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La sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha rechazado una demanda de una mutua vizcaína que había recurrido la sentencia que le obligaba a pagar a un ertzaina al considerar que las depresiones que sufría eran fruto del trato que le infligía uno de sus superiores y, por lo tanto, se trataba de un accidente laboral.

El fallo judicial se produce dentro de una iniciativa llevada a cabo por el sindicato independiente de la Ertzaintza Erne para denunciar la existencia de una serie de supuestos casos de mobbing -acoso laboral- dentro de la Policía autónoma, campaña que va unida a la exigencia de que se tomen medidas internas para evitar este tipo de situaciones.

En la descripción de hechos probados se recoge un informe del propio agente, destinado en la comisaría de Erandio, en el que se denuncia la actitud de un jefe de operaciones -responsable de las patrullas- por «sus constantes gritos, desmanes, iniciativas, iniciativas prepotentes y hasta insultos» en el trato diario, que, según el texto «generan en el ambiente laboral un grado de crispación total».

El caso suscitó una serie de quejas de varios agentes así como la intervención del sindicato Erne. Según los datos que figuran en la sentencia, el agente llegó a estar cerca de 1.000 días de baja entre 1998 y 2004 por distintos incidentes, aunque el episodio más grave se produjo hace dos años, cuando el agente pasó 343 días sin acudir al trabajo por enfermedad. En esas fechas, los psicólogos que atienden a la Ertzaintza le diagnosticaron un «trastorno adaptativo con reacción mixta de ansiedad y depresión». El fallo judicial considera, a la vista de los informes, que ese diagnóstico es compatible con la situación laboral que sufría el agente.

En abril de 2005, en la jefatura de la comisaría de Erandio se celebró una reunión de urgencia para separar al mando denunciado del grupo de agentes con los que había tenido diversos incidentes y que habían sufrido bajas por depresión. En el acuerdo se decidió que el jefe de operaciones se ocupara de otras patrullas y no permaneciese al frente de aquellos agentes con los que había mantenido enfrentamientos.

Según un documento del sindicato Erne incluido en la sentencia, en esa fecha otros diecisiete ertzainas tuvieron que recibir asistencia psicológica a raíz del ambiente que se vivía en la comisaría. Los policías habían denunciado ser tratados en público de «tonto y payaso» así como de los cambios de turno y de tener que desempeñar tareas como realizar vigilancias para proteger a personas amenazadas por ETA pese a que ya no vivían en la calle a la que se les enviaba o «cubrir plenos de ayuntamientos que no se estaban celebrando».

De forma paralela, el propio agente había presentado una reclamación ante la Seguridad Social para que se le reconocieran como accidente laboral los daños que había sufrido. El instituto público así lo hizo pero la mutua que debía resarcirle recurrió. La Seguridad Social desestimó su demanda en noviembre de 2005, por lo que la aseguradora privada recurrió a los juzgados de la social, donde ahora se ha fallado el caso.

El fallo judicial supone el pago de 150 euros al agente, aunque el sindicato de la Ertzaintza Erne ya ha anunciado que presentará una reclamación patrimonial para que al agente se le pague la diferencia que hubiera supuesto que todos los días de baja como si se tratase de accidente laboral. Asimismo, la central anuncia que presentará una demanda penal ante la posibilidad de que se hubiera producido un caso de mobbing o acoso laboral. Erne también ha denunciado que desde el departamento de Interior no se tomara ninguna medida para abrir un expediente al mando que originó la situación de acoso laboral.

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El Correo

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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