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La Consejería de Empleo y Economía va a destinar una partida de 416.000 euros para subvenciones para fomentar proyectos de mejora en prevención de riesgos laborales para este 2013. El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) publica las bases reguladoras para acceder a estas ayudas.

Las ayudas concedidas en el marco de esta Orden tienen el carácter de ayudas de ‘minimis’. Las ayudas totales de ‘minimis’ obtenidas por una empresa durante un periodo de tres años fiscales no deberán exceder de 200.000 euros. Las convocatorias se resolverán por el procedimiento de concurrencia competitiva.

Según informa el DCOM, dicha orden da continuidad a la línea de subvención destinada a cofinanciar la constitución de organizaciones preventivas por las personas emprendedoras, con el fin de que en la fase de inicio de la actividad puedan contar con el asesoramiento y asistencia necesarios, que les permita crear unas condiciones de trabajo seguras.

Por otra parte, se establece una nueva línea de subvenciones para apoyar a personas emprendedoras, pequeñas y medianas empresas, Centros Especiales de Empleo y otras entidades que decidan acometer proyectos de inversión derivadas de las medidas destinadas a mejorar la seguridad de sus máquinas, instalaciones y equipos de sus centros de trabajo.

En cuanto a la primera modalidad, la dirigida a establecer la organización preventiva de las personas emprendedoras, durante el primer ejercicio de su actividad. El crédito destinado a financiar la convocatoria 2013 asciende a 32.000 euros.

Podrán acceder a estas subvenciones, las personas emprendedoras que suscriban un concierto de prevención con un Servicio de Prevención Ajeno o se adhieran a un Servicio de Prevención Mancomunado y hayan iniciado su actividad económica en los periodos que se indiquen en las respectivas convocatorias.

También podrán acceder a ella las personas emprendedoras que hayan iniciado la actividad económica en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2012 y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Será subvencionable el coste del concierto de prevención suscrito en el periodo establecido en la convocatoria correspondiente, con un Servicio de Prevención Ajeno o la adhesión a un Servicio de Prevención Mancomunado, durante el primer ejercicio de la actividad empresarial.

El concierto de prevención o la adhesión al Servicio de Prevención Mancomunado deberá abarcar las especialidades de Seguridad en el Trabajo, Higiene industrial, Ergonomía y Psicosociología aplicada y Medicina del Trabajo.

La suscripción del concierto de prevención con un Servicio de Prevención Ajeno o la adhesión a un Servicio de Prevención Mancomunado para la presente convocatoria, deberá realizarse en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2012 y el último día del plazo de presentación de solicitudes.

Se subvencionará el 80% del coste del concierto preventivo suscrito por la persona emprendedora con un Servicio de Prevención Ajeno o de la adhesión a un Servicio de Prevención Mancomunado, durante el primer ejercicio de la actividad.

La segunda modalidad de estas ayudas es la dirigida a proyectos de inversión en instalaciones y equipos que redunden en la mejora de las condiciones de seguridad y salud de las empresas y centros de trabajo. El crédito destinado a la financiación de la convocatoria 2013 asciende a 384.000 euros.

Podrán acceder a ellas las personas emprendedoras –aquellas que que hayan iniciado la actividad económica después de la entrada en vigor de la Ley 15/2011, de 15 de diciembre– las pequeñas y medianas empresas, los Centros Especiales de Empleo con y sin ánimo de lucro y las entidades sin ánimo de lucro, siempre que tengan trabajadores por cuenta ajena.

En ese caso se subvencionará la sustitución de maquinaria no conforme con la normativa de seguridad, las inversiones destinadas a la adaptación ergonómica de puestos de trabajo y la adquisición de equipos para el control de contaminantes químicos, físicos y biológicos.

Las inversiones deberán ejecutarse en el plazo de siete meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria correspondiente en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

El Gobierno regional subvencionará el 35% del coste de las inversiones subvencionadas, sin que en ningún caso el importe total de la subvención pueda superar la cantidad de 15.000 euros por beneficiario.

Las subvenciones concedidas se publicarán en la Web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Además, las subvenciones que excedan de 3.000 euros, se publicarán en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha en el mes siguiente a cada trimestre natural.

Las subvenciones concedidas al amparo de esta Orden serán incompatibles con otras que se obtengan con cargo a los Presupuestos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha o de otras Administraciones Públicas para la misma finalidad.

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