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Los inspectores médicos dejarán de recibir incentivos económicos por dar altas a trabajadores que estén de baja por enfermedad o accidente. El Juzgado Central Contencioso Administrativo número 5 de la Audiencia Nacional ha aceptado un recurso de la CIG que tendrá efectos no solo en Galicia sino en toda España y obligará al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a dejar de incluir el número de altas en procesos de incapacidad temporal dentro del cómputo para calcular el complemento de productividad que cobran los inspectores médicos.

Según informa este sindicato, la sentencia demuestra que la Seguridad Social estaba “utilizando medios fraudulentos” para limitar la duración de las bajas. El fallo emitido por el juzgado contencioso administrativo resuelve que esta práctica era “contraria a derecho”.

Aunque son los médicos de cabecera los que dan las bajas y estos dependen del Sergas, los inspectores que se encargan de supervisar el proceso y dar el alta médica dependen directamente de la Seguridad Social. En el año 2011, la Gobierno central aprobó unos objetivos estratégicos del INSS que incluían “un índice de baremación de la duración de los procesos de incapacidad temporal”. Según este baremo, en el plus de productividad que se paga a los inspectores computaba el número de altas médicas que certificasen, es decir, cuántas más altas más puntos y, por lo tanto, más cobraban.

“El inspector médico no puede ver condicionada su actuación en las decisiones que adopte sobre las altas médicas o sobre la iniciación de oficio de los procesos de declaración de incapacidad permanente, pues el único criterio que debe seguir su actuación es el estado de salud del trabajador”, recoge la sentencia.

Este fallo es posterior a otro emitido ya en abril que va en la misma línea solo que afecta al Instituto Social de la Marina.

Los marineros para poder embarcar deben someterse a un reconocimiento médico previo que determine sus condiciones psicofísicas y si son compatibles con el puesto de trabajo y que no hay un peligro para su salud o para la del resto de tripulantes. El Instituto Nacional de la Seguridad Social premiaba con más salario a los inspectores que alargasen la vigencia de este permiso médico, lo que, según la CIG, ponía en riesgo la salud de estos trabajadores.

El sindicato gallego recurrió esta disposición y la Audiencia Nacional falló a su favor y por lo tanto obligará a retirar también esta disposición. Esther Fontenla, médica del Instituto Social de la Marina, explicó ayer que se sentían “condicionados por el resto de compañeros puesto que este complemento no se da exclusivamente al personal médico sino que se reparte a partes iguales entre todos los trabajadores de la dirección provincial”.

El abogado de la asesoría jurídica de la CIG, Héctor López Castro, se mostró en el día de ayer satisfecho de la resolución judicial porque había trabajadores “que recibían el alta médica cuando sus condiciones probablemente no fuesen las más idóneas para trabajar”.

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laopinioncoruna.es

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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