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El Gobierno aprobará un Real Decreto en el mes de octubre, para su entrada en vigor el 1 de enero de 2004, por el que se que regula la cobertura por riesgos profesionales de los trabajadores por cuenta propia para equiparar la cuantía de su prestación a la percibida por los trabajadores del Régimen General.

Tras la reunión mantenida hoy en el Ministerio de Trabajo con representantes del Consejo Estatal del Autónomo, integrado por ATA, Asnepa, UPTA, Cempe y CIAE, el secretario de Estado de la Seguridad Social, Fernando Castelló, aseguró que los autónomos percibirán la prestación “en los mismos términos y condiciones” que el resto de trabajadores.

De esta manera, la cuantía de la prestación para los autónomos se fijará en el 75 por ciento de la base reguladora desde el día siguiente de la baja por accidente de trabajo o enfermedad profesional, como está recogido para el Régimen General.

El coordinador general de ATA, Lorenzo Amor, expresó su satisfacción por los frutos de la reunión, ya que “ahora los autónomos nos vamos a poder enfermos” al equipararse al resto de trabajadores del Régimen General, y mostró su confianza de que a partir de septiembre pueda avanzarse en otros temas pendientes como la prestación por desempleo.

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Europa Press

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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