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Aún cuando el andamio no reunía las disposiciones establecidas, el fiscal eximió de culpa penal a un empresario lucense en relación con el accidente laboral sufrido por uno de sus empleados en la jornada de marzo de 2007. El acusador público estimó que el patrono no incurrió en ningún hecho delictivo porque el trabajador no se colocó el arnés, a pesar de tenerlo. El juicio se celebró ayer en la capital lucense porque la acusación particular se encaminó por la vía civil.

Las diligencias fueron abiertas como consecuencia de la atención dispensada a un trabajador como consecuencia de las lesiones sufridas en una caída ocurrida en su puesto de trabajo. Según declaró el mismo afectado, se precipitó al suelo desde una altura de aproximadamente cinco metros, sin embargo aclaró que la empresa cumplía todas las medidas de seguridad.

El perjudicado matizó que se encontraba ayudando a un compañero a sustituir una antena subido a un andamio que montó la otra persona. En otra parte de las diligencias el lesionado expresó que la empresa no tenía las medidas de seguridad necesarias.

El responsable de la empresa fue llamado a declarar en calidad de imputado y manifestó que el empleado tenía en la furgoneta de la empresa todo el material de seguridad disponible y que llevó a cabo una acción que no debía como fue subir al andamio con la antena.

El compañero de trabajo del perjudicado declaró que si el accidentado no se puso el arnés fue porque no quiso porque él sí lo llevaba colocado. Recordó, a su vez, que la empresa sé les facilitaba las medidas de seguridad correspondientes.

Ni la Inspección de Traballo ni la Consellería de Relaciones Laborais hicieron acta del accidente. Sin embargo, al solicitarla la fiscalía le remitieron un informe en el que se apuntaban varias causas del percance, entre ellas decía que el andamio no cumplía las disposiciones necesarias.

El fiscal que se ocupó del caso. a la vista del material disponible, optó por solicitar el sobreseimiento del caso. El trabajador afectado, sin embargo, nombró una letrada para que se ocupase de la parte civil, es decir, de conseguir una indemnización por las lesiones sufridas en el percance.

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La Voz de Galicia

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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