Las empresas que coincidan en un mismo centro de trabajo estarán obligadas a coordinar su actuación en materia de riesgos laborales, según un Real Decreto aprobado el viernes por el Consejo de Ministros. El sector de la construcción, donde hay más externalización de actividades, se regirá por su propia normativa, pero los empresarios concurrentes en la obra tendrán que intercambiar información preventiva.
Tres supuestos
El Real Decreto distingue tres supuestos. En primer lugar, cuando coinciden dos o más empresas y ninguna de ellas es titular del centro de trabajo. En este caso se establece que las sociedades deberán coordinar sus actividades e informarse mutuamente de los riesgos de las actividades que desarrollan y fijar las fórmulas de coordinación que consideren oportunas.
El segundo supuesto se refiere a cuando coincidan dos o más empresas y una de ellas sea la titular del centro. Aquí, este empresario titular deberá informar a los demás de los peligros existentes e impartirles las instrucciones necesarias para evitar que puedan producirse accidentes.
Por último, el Real Decreto contempla que cuando hay un empresario principal que subcontrata con otros las realización de obras o servicios correspondientes a su propia actividad, éste deberá vigilar el cumplimiento de la normativa de prevención por parte de los contratistas y subcontratistas.
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