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El Tribunal Supremo ha condenado a una empresa de trabajo temporal a indemnizar a una trabajadora por no adoptar las medidas necesarias para impedir el accidente. La ETT tendrá que pagar a la empleada 184.021 euros.

El accidente ocurrió en 2007 cuando la mano de la trabajadora quedó atrapada entre dos rodillos que prensan cartón lo que le produjo un grave traumatismo por aplastamiento del miembro superior izquierdo. El fallo del Tribunal Superior de Madrid se asentó en el informe pericial que atribuyó el accidente, ocurrido en la última hora de la jornada del viernes, al cansancio físico y mental de la trabajadora.

Sin embargo, la Sala de lo Social del Tribunal considera que el empresario no ha cumplido con su obligación de proporcionar a la trabajadora una protección eficaz en materia de seguridad e higiene al no acreditar que ha adoptado las medidas de protección necesarias, cualesquiera que ellas fueren para impedir el accidente; puesto que no protegió a la trabajadora frente a sus propios descuidos e imprudencias no temerarias.

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Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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