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Según las conclusiones provisionales del Ministerio Fiscal, el 22 de septiembre de 2005 la acusada dio órdenes a un trabajador “que estaba contratado de forma verbal” para que trabajara en un máquina calibradora “sin formación previa y sin que le hubiera facilitado al trabajador los medios necesarios para empujar la pieza de madera con la que trabajaba”.

Así, en una de las ocasiones la mano del trabajador quedó atrapada en la máquina causándole lesiones en la mano como el aplastamiento de un dedo y la pérdida de una uña.

Añade el fiscal que la acusada “no impidió ni dio órdenes de que el trabajador lesionado no realizara el trabajo”.

Asimismo, en el escrito consta que la acusada había contratado a una mujer de nacionalidad ecuatoriana y a dos de nacionalidad colombiana sin que tuvieran la autorización administrativa para trabajar en España.

Del mismo modo asegura que no habían recibido ninguna formación ni protección individual para realizar el trabajo, como mascarillas.

El fiscal recoge que la carpintería no tenía salidas de ventilación adecuada “con el riesgo para la salud que ello conlleva”.

De otro lado, la empresa de la acusada también contaba con varias sanciones, como infracciones graves de las normas de prevención de incendios laborales.

En consecuencia, el fiscal pide para la acusada un año y cinco meses de prisión por un delito de lesiones por imprudencia, otro año y cinco meses por otro delito en relación a los artículos 14, 15 y 16 de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales, así como cuatro años más por dos delitos contra los derechos de los trabajadores.

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abc.es

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