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Un trabajador de una pizarrera recibirá una indemnización de 125.000 euros por las secuelas de un accidente laboral en un brazo cuando manejaba una sierra. La indemnización forma parte de la condena impuesta a uno de los propietarios de la empresa y al encargado de mantenimiento de la máquina. El fiscal cambió la calificación para ambos acusados de delito a falta y hubo conformidad entre las partes, que evitó la celebración del juicio.

El accidente laboral ocurrió el 31 de enero del año 2008 en una empresa, donde el lesionado manejaba una sierra. Los dos acusados admitieron que la sierra se averió y el afectado comunicó la incidencia al encargado de mantenimiento de la empresa, que también estaba encausado.

Durante la reparación la máquina cayó encima del brazo del operario y le provocó una fractura abierta de cúbito y radio, con pérdida de sustancia en el antebrazo. Tardó en curar 511 días, de los que 39 permaneció hospitalizado y 472 impedido para el desarrollo de su labor habitual.

Al propietario lo imputaron por un delito contra los derechos de los trabajadores, en concurso con un delito de lesiones por imprudencia grave, porque permitió que el operario realizara su trabajo sin los recursos preventivos necesarios. La sierra, según admitió, carecía del marcado que acreditaba que cumplía los requisitos de seguridad.

Al encargado de mantenimiento lo condenaron también por una falta, porque incumplió el principio preventivo de que los trabajadores no deben situarse bajo cargas suspendidas o inestables.

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La Voz de Galicia

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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