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La sentencia, fechada el pasado mes de enero y contra la que cabe recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) condena a la Consejería “a que, sin más dilaciones que las debidas a la preparación de las actuaciones tendentes a la contratación de los servicios externos que se precisen, proceda al requerimiento formulado por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Toledo el 20 de diciembre de 2013, ejecutando las medidas correctoras que se detallan en el requerimiento”.

Las “medidas correctoras” exigidas hace ya cinco años por la Inspección se refieren a incumplimientos por parte de la Consejería de las “disposiciones mínimas de seguridad y salud” que establece la normativa y de las que adolecen los centros de trabajo de los agentes medioambientales y los vehículos en los que pasan buena parte de su jornada laboral; así como carecen de medidas preventivas por su exposición a agentes biológicos y químicos.

La sentencia, según ha explicado CCOO en un comunicado, da así la razón al sindicato que en 2016 denunció las “dilaciones de Agricultura en atender los requerimientos de la Inspección”. El magistrado solicitó entonces a la propia Inspección un nuevo informe, fechado en octubre del año pasado, sobre el estado de ejecución por parte de la Consejería de las medidas ordenadas en 2013.

El nuevo informe volvía a constatar un “mínimo y deficiente cumplimiento de aquellos requerimientos”, pese a que en estos cinco años la Junta “sí ha acometido reformas en las instalaciones y mejoras en los vehículos. Así, según la Inspección, gran parte de los centros de trabajo de los agentes medioambientales siguen sin reunir los requisitos mínimos de seguridad y salud, carecen de duchas, de vestuarios y/o de taquillas i los aseos no están diferenciados por sexos.

El informe de la Inspección de Trabajo del pasado mes de octubre también certificaba que los vehículos de los agentes medioambientales seguían sin desinfectarse ni limpiarse aún después de transportar animales enfermos muertos o muestras contaminantes; que tampoco hay registro alguno en el que conste que tienen un mantenimiento adecuado y que se someten a las revisiones periódicas indicadas por el fabricante; y que muchos de los vehículos no reúnen las condiciones necesarias para garantizar la seguridad de los agentes en sus desplazamientos.

En cuanto al riesgo por exposición tanto a agentes biológicos, tras la recogida y manipulación de cadáveres; como a contaminantes químicos que pueden ser altamente cancerígenos, como los que se producen en los incendios, la Inspección señala que “la Consejería no acredita que efectúe en ningún caso el lavado o descontaminación de la ropa de trabajo” y que son los propios agentes medioambientales los que “llevan la ropa a sus domicilios para su limpieza”.

“El maltrato permanente de Martínez Arroyo al colectivo de agentes medioambientales resulta tan evidente como injustificable; y tan irresponsable como incomprensible. Más que otra cosa, parece fruto de una manía o fijación personal del consejero que sólo él podría explicar”, ha señalado el coordinador del Sector Autonómico de la FSC-CCOO CLM, Ramón González.

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Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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