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El Juzgado de lo Social número 7 de Madrid ha condenado a la Compañía Europea de Cospeles S.A. (Cecosa) a indemnizar con 50.000 euros a un trabajador que sufrió una intoxicación tras inhalar ácido sulfúrico procedente de una fuga que hubo en la empresa, y que le provocó lesiones pulmonares graves por las que se determinó su invalidez permanente.

Así lo acuerda una sentencia que dio a conocer hoy el sindicato CC.OO., personado en la causa como acusación particular, que además obliga a la empresa fabricante de la maquinaria donde se produjo el escape (Rösler) y a la Mutua de Accidentes La Fraternidad Muprespa, a responder subsidiariamente de la indemnización.

Los hechos enjuiciados ocurrieron el 17 de mayo de 2001 en el interior de la sede de Cecosa, cuando el empleado se encontraba limpiando los restos de una fuga de ácido sulfúrico que se había producido varios días antes debido a un fallo en los sistemas de seguridad de la compañía.

El hombre llegó a respirar la sustancia tóxica pese a que llevaba una máscara. A consecuencia de dicha inhalación, se le diagnosticó un edema pulmonar que evolucionó en un síndrome de disfunción de las vías aéreas reactivas, provocando que poco después se determinara su invalidez permanente debido a las graves lesiones pulmonares que presentaba.

Actuación negligente

Según narra el fallo, Cecosa infringió “múltiples preceptos legales en prevención de riesgos laborales”, concretamente medidas de protección contra agentes químicos y disposiciones mínimas sobre seguridad y salud para la utilización de equipos de trabajo. Del mismo modo, el juez entiende que la empresa no formó e informó de forma suficiente a su trabajador, y carecía de planificación preventiva de la actividad que éste debía desarrollar.

Por ello, la resolución determina que la compañía condenada “incurrió en una negligencia en el cumplimiento de sus obligaciones con el empleado”. Asimismo, considera que tanto la sociedad fabricante de la maquinaria que había en el interior de Cecosa debe responde subsidiariamente de la indemnización por el mal funcionamiento de dichas máquinas, cuyas averías eran frecuentes.

“Siendo la maquinaria defectuosa proporcionada por Rösler la causante del accidente laboral, le alcanza responsabilidad en el mismo”, indica el juez, quien también argumenta que la Mutua de Accidentes La Fraternidad Miprespa hizo una evaluación de riesgos en Cecosa que resultó “insuficiente”, pues no previó

En este sentido, CC.OO. manifestó hoy su satisfacción por el fallo judicial y aseguró que supone “el reconocimiento de lo obvio, lamentablemente desconocido por otros tribunales”, en clara referencia a la sentencia dictada por un juez de Barcelona que culpó a un trabajador del accidente laboral que le dejó tetrapléjico.

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Europa Press

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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