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El Gobierno ha decidido reforzar la lucha contra la siniestralidad laboral con la intervención de los fiscales en los casos en que, por infracción de las normas de prevención de riesgos, se produzcan la muerte o lesiones graves del trabajador, en aplicación del Código Penal.

En la instrucción que difundió ayer el fiscal general del Estado, Jesús Cardenal, se aclara además que, en sus actuaciones el Ministerio Público ha de tener en cuenta la agravante de concurrencia de delitos.

Esto quiere decir que, en su actuación, el fiscal no sólo tiene que tener en cuenta los hechos que produjeron la muerte o las lesiones graves de uno o varios trabajadores, sino que además ha de considerar la situación de “peligro” en la que están los demás trabajadores de la plantilla, aunque estos no resultasen afectados por el accidente, de acuerdo con la doctrina del Tribunal Supremo.

Cardenal considera que la prevención de la siniestralidad laboral es un trabajo más propio de “otros poderes públicos y de los agentes sociales que del Ministerio Fiscal”. Sin embargo, añade la instrucciónque los “señores fiscales deben extremar su celo para evitar que se repitan conductas que cuestan tantas vidas y que provocan graves lesiones, muchas veces eludibles si se adoptasen las debidas precauciones”.

En este punto, el fiscal general del Estado reconoce que hasta ahora la intervención penal contra la siniestralidad laboral “ha sido infrautilizada, lo que ha provocado problemas de impunidad” del empresario infractor.

Por todo ello, Cardenal ordena a los fiscales que pidan las actuaciones sobre estos hechos a la Inspección de Trabajo y a la Policía Judicial. Además, requiere a los fiscales para que se presenten incluso en los casos de una simple falta o de archivo de las actuaciones.

Cardenal aconseja al fiscal jefe de la correspondiente instancia judicial que estudie el nombramiento de un fiscal especializado en siniestralidad laboral cuando así lo aconseje el volumen de trabajo. Todo ello, con la máxima colaboración con la Inspección de Trabajo y la Administración laboral.

Aclaró que “no se trata de criminalizar a los empresarios, sino de actuar más eficazmente contra quienes cometan delitos por no poner las medidas obligatorias a disposición de los trabajadores”.

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Expansión Directo

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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