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Los letrados de Bayer e ICI, dos de las tres empresas químicas imputadas como responsables civiles en el caso Ardystil, sostuvieron este martes en sus informes definitivos que no se les puede reclamar indemnizaciones en un juicio penal donde no hay procesado ningún empleado de las factorías a las que representan.

Los abogados discreparon así de la postura del fiscal, quien el pasado jueves sostuvo que, pese a reconocer que “no pudo concretarse durante la instrucción las personas físicas” de las multinacionales que cometieron la negligencia, sí podía actuarse contra ellas como responsables civiles subsidiarias, una interpretación legal que calificó de “atrevida” y de la que puso como ejemplo la actual Ley del Deporte.

El abogado de Bayer respondió este martes al ministerio público durante su intervención que no existe doctrina ni jurisprudencia sobre esta actuación procesal y citó, por contra, sendas sentencias del Tribunal Supremo y la Audiencia de Barcelona Publicidad

contra la misma, al tiempo que alegó “indefensión” porque la representación de los intereses de su empresa le abocan irremediablemente a defender a los de los empresarios procesados en la causa.

En esta línea, culpó a un testigo al que muchos de los acusados han calificado en las vistas de “pionero” en la introducción de la aerografía textil en Alcoy de “inventarse” la técnica de la aerografía textil y provocar así “la desgracia de la historia del síndrome”.

El abogado de ICI coincidió en la incompatibilidad de que las acusaciones pidan a las empresas químicas responsabilidad civil cuando no la hay penal, y negó en todo momento que Superfluid K, un disolvente compuesto de “1.1.1. tricloroetano” y utilizado por gran parte de las aerografías, fuera producido en esta empresa de origen inglés.

Aunque reconoció las relaciones comerciales, que no de distribución, entre ICI y Sipesa, una firma proveedora de los procesados, responsabilizó a esta última del etiquetado que debía acompañar a los envases de disolvente.

Tanto el letrado de ICI como el de Bayer citaron al jefe del Instituto Nacional de Toxicología, Rafael Cabrera, que depuso ante la sala en una de las vistas, para asegurar que si las empresas hubieran adoptado medidas de seguridad e higiene, “este síndrome nunca se habría producido”.

En esta jornada también expuso su informe Francisco Boix, defensor del inspector de Trabajo imputado por las acusaciones particulares, A.O.H., para justificar la petición de libre absolución de su cliente.

Según Boix, A.O.H. no pudo corregir las condiciones laborales existentes en Artystil durante una inspección a la empresa el 6 de septiembre de 1990 porque “no vio ninguna actividad que requiriera una actuación posterior y todo era clandestino”.

Por último, el abogado defensor de los dueños de Aerobrix, Aeroreig, Aeroalcoy y Boncolor lamentó que el juzgado instructor no siguiera distintos sumarios para cada una de las empresas por las diferencias existentes entre ellas y agregó que todas estas aerografías “tenían los permisos en regla”.

Este letrado puso en duda que los empleados de todas estas fábricas declarados afectados “resultaran realmente lesionados” y apuntó que sus clientes, que se enfrentan a penas que oscilan entre los seis meses y el año de cárcel, “no podían prever” lo que iba a ocurrir, máxime cuando la Administración no les exigió la adopción de medidas de seguridad en sus empresas.

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Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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