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Poco tienen que celebrar los trabajadores autónomos en el Día Internacional de la Salud en el Trabajo ya que, aún a pesar de ser susceptibles de sufrir los mismos accidentes que los asalariados, “en la legislación laboral en materia de prevención de riesgos la figura jurídica de los autónomos sigue prácticamente ausente”, según denunció el director nacional de Prevención de Riesgos Laborales de la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), José Luis Perea, quien añade que “para adaptarse a los nuevos tiempos, la legislación le debe al autónomo su reconocimiento y regulación”.

Esta situación, añade, “ha intentado remediarse con dos instrumentos; el Estatuto del Trabajador Autónomo, primer ejemplo de regulación sistemática y unitaria del trabajo autónomo en la Unión Europea, y la Estrategia Española 2007-2012”, cuyo objetivo, entre otros, es “adoptar las medidas necesarias que garanticen la efectividad del derecho de los trabajadores autónomos a una protección adecuada de su seguridad y salud en el trabajo”.

Según Perea, en el artículo 8 del Estatuto del Trabajador Autónomo se establece “un papel preponderante a los cometidos de las Administraciones públicas competentes, a los deberes de cooperación, información e instrucción y vigilancia de las empresas contratantes y sus responsabilidades, a la utilización de maquinaria y otros útiles de trabajo, al derecho del trabajador autónomo ante un riesgo grave”.

Sin embargo y pese a estar recogido por norma, añade ATA, en este aspecto “los autónomos echamos en falta un papel más activo por parte de las Administraciones, ya que han de diseñar sus políticas en materia preventiva teniendo en cuenta la singularidad del trabajo autónomo”.

“La protección frente a los riesgos laborales no puede ceñirse a meras fórmulas de autotutela”, añade, “y máxime cuando se advierte el progresivo incremento del número de trabajadores autónomos en nuestro tejido productivo, lo que obliga a una particular atención y adaptación de las normas sobre seguridad y salud en el trabajo”.

Por este motivo, explicó el director nacional de Prevención de Riesgos Laborales de ATA, “las Administraciones deben configurar un contenido mínimo que proteja al autónomo frente a los riesgos de toda actividad profesional”.

“Pero los recortes presupuestarios realizados por las Comunidades Autónomas”, matiza, “están afectando de forma significativa a los pocos programas que en el ámbito regional se destinaban a fomentar la cultura preventiva, la formación o la sensibilización de nuestro colectivo”.

Para Perea, “al día de hoy solo el Plan General de Actividades Preventivas del INSHT constituye un instrumento mínimo que permite favorecer algunas de estas acciones entre el colectivo”.

“Su puesta en marcha supone casi el único recurso nacional que ataca la siniestralidad y mejora las condiciones de nuestros autónomos ya que la apuesta de comunidades autónomas en este sentido es casi nula”, concluye.

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Europa Press

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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