• Autor de la entrada:
  • Categoría de la entrada:Noticias
  • Tiempo de lectura:3 minutos de lectura

Un magistrado del juzgado central de lo Contencioso Administrativo ha reconocido por primera vez la práctica del mobbing en la Guardia Civil. El juez considera que la depresión en la que cayó un agente de Benidorm se debió exclusivamente al acoso al que fue sometido por su superior. La sentencia advierte de que las prácticas de acoso laboral no resultan extrañas en «una organización fuertemente jerarquizada como es la Guardia Civil».

El jefe de la unidad de Tráfico de Benidorm fue destituido después de que catorce agentes cayeran de baja por depresión en dos años. El fallo reconoce que el agente que ha denunciado el caso tiene derecho a cobrar una pensión de invalidez que equivale a dos veces su sueldo.

La sentencia, según la Agrupación Unificada de Guardias Civiles, aplica por primera vez de forma expresa el término mobbing en el ámbito militar. El abogado del Estado defendió en el juicio que el agente, que tiene 35 años, cayó en una depresión que le incapacitó para continuar de servicio porque padecía una alteración psicológica. El agente ingresó en la Guardia Civil en 1987 y en ningún momento sus mandos apreciaron nada extraño. Los problemas, según defendió con éxito el abogado Luis Santamaría, comenzaron en el año 2000 cuando se incorporó al destino un nuevo jefe. A partir de ese momento, tanto él como alguno de sus compañeros comenzaron a sufrir «situaciones arbitrarias, humillantes e injustas, así como agravios comparativos», según explicó Luis Santamaría.

El juez apunta en los fundamentos de derecho que «efectivamente otros compañeros» del denunciante han obtenido la baja por la presión del mando. El fallo advierte de que las circunstancias descritas por el agente que ha denunciado el caso ponen de manifiesto una situación que, denominada por la doctrina como mobbing, está definida «por la jurisprudencia del orden laboral. Se trata de la presión que se sufre el empleado de parte de sus superiores que consideran que su rendimiento no se acomoda a las expectativas de su destino para lograr generalmente que el mismo se despida o cause baja por enfermedad. Es decir, que desaparezca del entorno laboral donde presta sus servicios».

El juez descarta que la depresión del agente se deba a una enfermedad crónica como defendió el abogado del Estado. El magistrado insiste en que desde que el agente «ingresó en la Guardia Civil ha servido en diferentes destinos sin que en ninguno de ellos se haya manifestado complicación alguna de orden psicológico».

0 0 votos
Valoración

Levante

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

Suscribirme
Notificar de
guest
:arrow: 
:D 
:? 
8-) 
:cry: 
:shock: 
:evil: 
:!: 
:geek: 
:idea: 
:lol: 
:x 
:mrgreen: 
:| 
:?: 
:P 
:oops: 
:roll: 
:( 
:) 
:o 
:twisted: 
:ugeek: 
;) 
 
0 Comentarios
Inline Feedbacks
Ver todos los comentarios