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El Ministerio Público solicita más de nueve millones de euros en indemnizaciones para los afectados. La acusación repasa las inspecciones que hizo Trabajo a la cementera.

Se les acusa de ocho homicidios y 30 delitos de lesiones por imprudencia grave, además de atentar contra los derechos de los trabajadores al incumplir las medidas de seguridad establecidas por la normativa. Por todo ello, el fiscal solicita tres años de cárcel para cada uno de los cuatro imputados en el caso de las intoxicaciones por amianto, así como el pago de una indemnización total de más de nueve millones de euros, 240.405 euros por igual para cada afectado y para los herederos de los fallecidos.

Dos médicos y dos ejecutivos de Fibrocementos Levante S.A. son, para el fiscal Miguel Gutiérrez, los responsables por negligencia de la muerte de ocho empleados por intoxicación de amianto y de las fuertes lesiones provocadas a otros 30. Para todos ellos, el Ministerio Público solicita también una inhabilitación profesional de cuatro años y medio.

Según el fiscal, las actuaciones de los cuatro acusados, «sus omisiones con sus procederes negligentes y sus respectivas faltas de diligencia» contribuyeron a que se produjeran enfermedades respiratorias como asbestosis, neumoconosis, mesotelioma y procesos cancerígenos por la inhalación de amianto.

El primero de los imputados, José P.D., ejerció de jefe de personal en Fibrocementos de Levante de San Vicente del Raspeig hasta 1984, fecha en la que fue trasladado a Madrid como director de organización y relaciones laborales sobre todas las empresas que forman el grupo Uralita S.A.

Según el fiscal, aunque los hechos que se juzgan empiezan a considerarse en 1993, cinco años antes de que se interpusiera la primera demanda de los afectados, José P.D. actuaba como superior del segundo imputado, Carmelo B.F., jefe de personal desde 1990 hasta la actualidad.

Alberto C.R., especialista en Neumología, es el tercer nombre de la lista de acusados. Según el fiscal, entre 1992 y 1998 fue el encargado de supervisar la actuación de los médicos de empresa de la entidad de San Vicente del Raspeig, ordenar el traslado de un trabajador a otro puesto con menos riesgo o proponer las bajas por asbestosis. El último acusado, Miguel Ángel S.R., sin embargo, era el responsable de realizar las revisiones facultativas.

Para Miguel Gutiérrez, «resultan evidentes los reiterados incumplimientos» de las normativas existentes desde 1947 en torno a las medidas de seguridad que se deben adoptar en las empresas para preservar la salud de los trabajadores que están en contacto con el amianto. De hecho, los obreros se encontraban en contacto con la sustancia tóxica, ya que «no se usaban mascarillas» o éstas eran de «papel», se empleaban monos normales como ropa de trabajo, existía una sola taquilla para la ropa limpia y la sucia» y ésta última se lavaba en los domicilios particulares de los empleados.

En cuanto a la imputación de los dos facultativos, el Ministerio Público considera acreditado que «los reconocimientos médicos no se realizaron o se hicieron de manera deficiente» que las revisiones previas no se practicaron y que las realizadas fueron «rutinarias». Además, «no se separaron a los afectados de puestos con riesgo, no se propuso la baja de los que debían serlo y tampoco fueron enviados a servicios especializados».

En la calificación fiscal se recalca que tampoco se adoptaron medidas genéricas de control para aquellas personas que ya no trabajaban en la empresa, tal y como obliga la normativa, al tener la asbestosis un periodo de latencia de entre 15 y 40 años. Además, tampoco se facilitó «la adecuada formación e información a los trabajadores» ni se llevaron correctamente «los libros de Vigilancia Médica», explica el escrito de acusación.

Por todo ello, el Ministerio Público acusa a José P.D. y a Carmelo B.F. de no haber controlado el cumplimiento de los reconocimientos médicos y de no facilitar los medios necesarios para la seguridad de los obreros. Respecto a Miguel Ángel S.R., incurrió en delito al no haber realizado todas las pruebas pertinentes en los exámenes médicos, no haber propuesto la baja excepto en los casos de suma gravedad y no haber detallado una información veraz a los empleados sobre los riesgos y sus estado de salud. En cuanto a Alberto C. R., está imputado en el caso por «no haber controlado debidamente al anterior».

Aunque los hechos se juzgan desde 1993, el fiscal sostiene que la empresa Fibrocementos estuvo incumpliendo las medidas de seguridad desde el comienzo de sus actividades hasta la presentación de la denuncia en 1998. De hecho, la Inspección de Trabajo detectó en 1977 la falta de mascarillas y ventilación localizada e instó a la empresa a que se realizaran reconocimientos médicos. Un expediente de 1978 incide en las elevadas concentraciones de amianto y la ineficacia de las medidas protectoras. Lo mismo ocurre en 1980 y en actas posteriores del Gabinete de Higiene y Seguridad en el Trabajo. En 1982, incluso se advierte de la posibilidad de que exista un caso de asbestosis y se recomienda adoptar medidas de humidificación para evitar enfermedades pulmonares.

Gutiérrez recuerda en su escrito que «en cada una de las fases de producción» de Fibrocementos «existía un grave riesgo por inhalación de amianto» para los empleados. De hecho, la empresa se dedicaba fundamentalmente a «almacenar» los sacos de amianto «pesarlos, molerlos, mezclarlos con cemento» y fabricar tubos como producto final.

A pesar del riesgo, sin embargo, desde que comenzó a funcionar la empresa «hasta 1978» las condiciones de trabajo fueron «notablemente antirreglamentarias y existió una desmesurada exposición colectiva», explica el fiscal. Aunque en 1982 han comenzado a aminorarse las condiciones de insalubridad al instalarse ventilación localizada y equipos de protección individual «éstos son insuficientes y no muy adecuados», explica el fiscal.

Entre 1982 y 1984 se adaptan los equipos de protección colectivos que aminoran el riesgo de exposición. Sin embargo, indica el escrito de acusación, el peligro de intoxicación persiste al darse «una limpieza inadecuada» y ante la ineficiencia de mascarillas. Aunque, según el fiscal, desde 1984 las instalaciones se adaptan a las disposiciones reglamentarias, es a partir de esta fecha cuando empiezan a surgir los casos de intoxicación por amianto (asbestosis).

El primer fallecimiento se registra el 10 de diciembre de 1997, cuando un operario de máquinas que se había jubilado en 1992 muere por asbestosis. Los síntomas aparecieron ya «en 1984», señala Gutiérrez.

Aunque la acusación sólo va referida a los hechos producidos desde 1993, el fiscal calcula que anteriormente se habían diagnosticado nueve casos más de asbestosis desde 1990, todos ellos contraídos entre 1950 y 1977.

El fiscal considera responsable civil subsidiario de las indemnizaciones a la empresa Fibrocementos de Levante S.A., entidad que desde su constitución «ha sido conocida como Fibrotubo-Fibrolit, Fibrotubo Bonna, Cimianto de España o Rocalla S.A», explica el fiscal en su escrito de acusación. Aunque actualmente está «incorporada al Grupo Nacional Uralita S.A.», en todas las actuaciones llevadas a cabo durante la instrucción del caso la empresa se ha personado como Fibrocementos.

A la hora de hacer frente al pago de las indemnizaciones, el fiscal indica que la empresa «carece de compañía aseguradora de responsabilidad civil». Sin embargo, sí que existen varias pólizas de enfermedad profesional pagadas «total o parcialmente» por los trabajadores «de acuerdo con convenios colectivos». De hecho, algunos obreros ya han recibido indemnizaciones de entre 18.000 y 48.000 euros.

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La Verdad

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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