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Un juzgado de Madrid ha reconocido como accidente laboral la baja por salud mental de un trabajador de una empresa después de que sufriese un episodio de ansiedad en su puesto de trabajo, en el que manejaba maquinaria de forma habitual.

En una sentencia , la magistrada sostiene que el trabajador no se vio sometido al “estrés normal del trabajo”, sino a un “incremento del trabajo y del estrés motivado por un constante fallo de la maquinaria”, lo que le obligó a “trabajar bajo presión constante”.

En un inicio, el demandante se encargaba de realizar los ajustes de medidas, temperaturas, cambios de formato, solución de incidencias; el control de las cantidades fabricadas y de la cantidad saliente y el suministro continuo de materiales a las máquinas durante el proceso de fabricación, así como de cumplimentar los diferentes registros de control según las pautas establecidas.

Fue a partir de septiembre de 2018 cuando la empresa instaló una maquinaria diferente que, según recoge el fallo, “es atendida por un número de trabajadores inferior a los que lo hacían previamente”. Así, el personal que antes se dedicaba a un aparato pasó a revisar hasta tres distintos a partir de ese momento.

Se trata, además, de una herramienta que sufre a lo largo de un turno entre 30 o 40 microparadas, que provocan que se acumule la producción en la línea y obligan al trabajador a reprocesar el producto. Este cambio fue lo que llevó a que, en marzo de 2021, el damnificado se quejase a sus compañeros de que las condiciones de trabajo con la nueva maquinaria no eran las adecuadas y sufriese en ese momento una crisis de ansiedad.

Tras comunicar su situación, la empresa le indicó que abandonase el puesto de trabajo, pero que no acudiese a la mutua. Ese mismo mes el trabajador fue dado de baja con un diagnóstico: sufría ansiedad pero la baja que le concedieron fue por contingencia común.

Fue en ese momento cuando el trabajador solicitó que su baja fuese declarada como derivada de un accidente de trabajo. A su petición se opusieron la mutua e, inicialmente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), al alegar que las lesiones sufridas están desconectadas de su puesto porque no se acreditaba conexión con el mismo.

Para la abogada, ha sido determinante la labor de la Inspección de Trabajo, que constató en la propia empresa las infracciones que se cometían en materia de prevención de riesgos laborales.

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20minutos.es

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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