Una primera Sentencia nº 204 de 10 de mayo de 2002, del Juzgado de lo Social, número 4 de Jaén, en la que se declara que la baja padecida por un trabajador de la Universidad de Jaén, a consecuencia del “mobbing” de que ha sido objeto, constituye un “accidente de trabajo”.

La sentencia condena a una Universidad Pública por desarrollar comportamientos que se ajustan plenamente a la definición de mobbing (que en castellano, se podría traducir dicho término como psicoterror laboral u hostigamiento psicológico en el trabajo)”, tal como consta en los fundamentos de Derecho de la Sentencia y se deduce de los Hechos Probados de la misma.

Para los ciudadanos que recientemente asistimos a las reivindicaciones que las Autoridades Académicas han hecho sobre el derecho a la Autonomía Universitaria, reivindicaciones que han sido apoyadas por amplios sectores de la sociedad, resulta sin embargo difícil de comprender que esas mismas autoridades conculquen los derechos fundamentales de los ciudadanos que conforman los ámbitos universitarios que dirigen, muchas veces en nombre de esa misma autonomía, con lo que pudiera estar confundiéndose la autonomía universitaria con la autonomía de la voluntad de quienes están llamados a prestar el servicio público que dicen estar reivindicando.

Son numerosas las Universidades Públicas donde tenemos documentada la práctica del psicoterror laboral y sabemos que son numerosas las acciones de todo tipo que los afectados han puesto en marcha para intentar defenderse de esas agresiones, al igual que, conocemos que los poderes públicos que representan a la sociedad están empeñados en erradicar esta lacra (Parlamento Europeo, Senado de España, Cámaras Legislativas de la mayor parte de las Comunidades Autónomas, Defensores del Pueblo, etc.).

Creemos que el fenómeno del “mobbing”, desgraciadamente instalado con mayor fuerza en los sectores educativos y sanitario, es decir donde se supone que están los “ciudadanos mejor formados” o bien se explican por la admisión incontrolada de teorías pseudocientíficas, económicamente ruinosas y prácticamente inaplicables cómo técnicas de dirección, cuyo único fundamento estriba en el error o en la impostura intelectual de quienes las propalan, o en el peor de los casos dan la razón a aquella máxima de Voltaire según la cual “la civilización no suprime la barbarie, la perfecciona”, es decir que a mayor formación una barbarie más perfecta: ¡la Universidad!.

Creemos firmemente que la Universidad no puede ser un vivero de acosadores y esperamos que estas práctica sean erradicadas del comportamiento de quienes se dedican a formar personas.

Rafael R. Rosillo

NAM (No al Acoso Moral)

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Rafael R. Rosillo

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Este contenido ha sido publicado en la sección Artículos Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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