Acciones del procedimiento

De manera correlativa se procederá del modo siguiente:

Acción 1:

1.- Mediante hoja específica, el Jefe de Seguridad de la empresa de limpieza comunicará al Coordinador de Seguridad y Salud de la empresa de limpieza la realización de una Operación sujeta a este Procedimiento.

2.- Esta comunicación se efectuará con una antelación mínima de 24 horas laborables al inicio previsto de la operación y tendrá carácter de Orden Inmediata del Jefe de Seguridad de la empresa de limpieza al Técnico de Prevención para que prepare el Plan de Operaciones que se deberá presentar al Jefe de Seguridad e Higiene de la empresa principal.

3.- Es responsabilidad específica del Técnico de Prevención de la empresa de limpieza, en calidad de coordinador de seguridad y salud de las operaciones de limpieza que se realizan en la misma, la elaboración del Plan de Operaciones y su remisión al Jefe de Seguridad de la empresa principal (EDAR) para que autorice el inicio de la ejecución del procedimiento de acceso.

Acción 2:

1.- Con carácter previo al inicio de cualquier acción posterior, el Técnico de Prevención o, en su caso, por delegación expresa, el Supervisor autorizado, comprobará que las estructuras, andamios, materiales o equipos de trabajo reúnen todas las condiciones de seguridad requeridas por la legislación vigente en prevención de riesgos laborales y en seguridad industrial.

2.- Se anotará en hoja registro correspondiente.

Acción 3:

1.- El acceso a los Niveles Inferiores se realizará con los medios apropiados y certificados que reúnen todas las condiciones de seguridad según la normativa específica aplicable en prevención de riesgos laborales. Se anotará en la Hoja registro correspondiente.

2.- Si se utiliza una grúa, situada en camión o en estructura fija anclada al suelo, se comprobará que la misma cumple con todos los requisitos de trabajo necesarios.

3.- En este sentido, se presentará copia de la última Inspección Técnica del Vehículo y de la última revisión de los elementos de trabajo de la grúa.

3.- En todo caso, y especialmente cuando no se disponga de la última revisión sobre los elementos de trabajo de la grúa, el Supervisor inspeccionará visualmente las eslingas, las cadenas y los cables de sujeción utilizados cuidando que se encuentren en visible estado de conservación.

4.- Todas las eslingas deben disponer de anclaje de seguridad en perfecto estado. Todas las cadenas deben mostrar robustez, con anillas perfectamente cerradas. Los posibles cables se sujeción, sobre todo si son de fibras textiles o plásticas, deberán estar en perfecto estado, sin fisuras ni desgarres apreciables en una inspección visual.

5.-Se anotarán todos estos datos en la Hoja de registro.

Acción 4:

1.- En toda Operación sujeta a este Procedimiento participarán como mínimo, tres Operarios, supervisados por una cuarta persona, autorizado específicamente como Supervisor de la Operación, que será la responsable de la operación.

2.- Los tres operarios deberán estar formados específicamente en las tareas propias de la acción a desarrollar e informados sobre los riesgos específicos. En caso de no haber recibido formación previa a este nivel el técnico de prevención de la empresa contratista les formará específicamente en señales y códigos de comunicación gestual no verbal en caso que no se disponga de emisoras de telecomunicación.

Acción 5:

1.- El Técnico de Prevención de la empresa contratista comprobará que la operación se realiza con la presencia de los recursos humanos y técnicos que se especifican en las tres acciones precedentes.

2.- En caso que falte alguno de los requisitos necesarios para la operación, no deberá permitir que siga su curso hasta el cumplimiento total de las prescripciones aprobadas.

Acción 6:

1.- Todos los trabajadores estarán equipados con todos los elementos de protección individual contra los riesgos evaluados de en la zona de trabajo.

2.- Específicamente, el operario de enlace situado en el límite superior del muro del reactor biológico llevará un arnés de protección, con un sistema de anclaje a línea de vida y por encima del plano de trabajo.

3.- Todos los operarios, incluido el operador o conductor de grúa, llevarán casco durante toda la operación y botas de seguridad con puntera reforzada.

4.- Se señalizarán todas las obligaciones durante el desarrollo de la operación.

Acción 7:

1.- El supervisor de la operación será el encargado de velar por el cumplimiento de este procedimiento y será el responsable de las mismas y de sus efectos. Deberá tener una experiencia mínima acreditable en maniobras con grúa, descarga de equipos y operaciones similares.

2.- Igual experiencia mínima acreditable, en la manipulación mecánica de cargas con grúa situada sobre la base de un camión o del suelo, deberá tener el Operador de la Grúa, además de la formación legal específica requerida para el manejo de este tipo de equipos de trabajo.

3.- El Supervisor de la Operación comprobará que la grúa cumple con todos los requisitos de seguridad, comprobará las eslingas, cadenas, sujeciones y espacios de maniobrabilidad.

Acción 8:

1.- Antes del inicio de cada Operación se elaborará el correspondiente Plan de Operaciones, en el modelo que consta en los anexos a este procedimiento, con el siguiente contenido:

– Datos personales de todos los operarios y del supervisor.

– Formación de los operarios y el supervisor en las acciones a realizar.

– Justificación de formación e información en prevención de riesgos laborales.

– Documento justificante de estar en posesión de las protecciones individuales necesarias y, específicamente, del arnés de seguridad.

– Datos de la grúa o grúas utilizadas, con comprobante que dispone de toda la documentación necesaria para trabajar y reúne todas las condiciones de seguridad.

– Día y hora de inicio de la operación.

– Día y hora de finalización prevista de la operación.

– Autorización del Jefe de Obra si se cumplen todos los requisitos.

2.- Se entregará copia de este Plan de Operaciones al Coordinador de Seguridad y Salud en la Obra antes del inicio de la misma para que tenga conocimiento de la situación y pueda autorizar el inicio de la operación.

Acción 9:

1.- Además del Técnico de Prevención de la empresa contratista, el supervisor autorizado estará presente durante todas las operaciones y tendrá en su poder una copia del Plan de Operaciones.

2.- Salvo autorización expresa y por escrito del Técnico de Prevención, el Supervisor autorizado no deberá permitir el acceso a menos de 20 metros de la zona de operaciones a ningún trabajador ni operario de la obra mientras no haya terminado la operación.

Acción 10:

1.- Durante la operación de descarga el operario situado en el interior de los reactores biológicos se mantendrá a una distancia mínima de 10 metros de la carga.

2.- A esta misma distancia se situará el operario de enlace en la parte superior del muro, con respecto al eje de la carga.

3.- El Supervisor estará siempre fuera de la balsa, a 10 metros, como mínimo, del eje de la carga.

4.- El Técnico de Prevención, equipado con todas las protecciones correspondientes, tendrá libertad de movimientos en todas las zonas de trabajo de la operación.

Acción 11:

1.- Se dispondrá de un botiquín portátil de primeros auxilios a mano del supervisor y un equipo de telecomunicación rápida con el exterior.

2.- En el botiquín portátil deberán constar los teléfonos de emergencias para caso de una posible incidencia.

3.- En caso que el supervisor no esté formado en primeros auxilios, deberá haber un trabajador designado para esta específica función, con una formación mímica en primeros auxilios, en la zona de la operación.

4.- Habrá igualmente un vehículo turismo para el caso que procediera una evacuación de emergencia por la gravedad de las lesiones que pudiera sufrir uno de los operarios.

Acción 12:

1.- Finalizada con éxito la operación se remitirá por parte del Técnico de Prevención (Coordinador de Seguridad y Salud de la empresa de limpieza) una nota comunicativa escrita al Jefe de Seguridad de la empresa de limpieza comunicándole que la operación se ha efectuado SIN NOVEDAD según el Plan de Operaciones previo autorizado por el Jefe de Seguridad e Higiene de la empresa principal EDAR.

2.- Se informará al Jefe de Seguridad e Higiene de la empresa principal EDAR del éxito de la operación mediante copia de la nota anterior.

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Josep Saña Aubets – Licenciado en Derecho. Técnico Especialista en Eléctrónica Industrial. Técnico de Nivel Superior en Prevención de Riesgos Laborales

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Este contenido ha sido publicado en la sección Artículos Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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