Miedo a denunciar

El analista acucioso deberá tener presente, entre otros factores de incidencia, las circunstancias que rodean o envuelven las condiciones en que se desarrolla. Veamos: Nos enfrentamos a un lugar de trabajo absolutamente desquiciado, por cuanto, las acciones del acosador comprometen psíquicamente a los terceros en el interior del grupo social, llámese servicio, obra, departamento, sección, quienes deben decidir internamente si aceptan o no dichas acciones. El cuestionamiento interno provoca, adecir lo menos, una descomposición del ambiente de trabajo, desde que la exteriorización de dicho cuestionamiento produce roces en el grupo derivados del silencio de algunos, de la indignación de otros, del apoyo al acosador, de los menos o de la ignorancia o indiferencia ante los hechos, actitud muy cómoda, pero anti solidaria y muy poco ética. En este ambiente, la víctima debe sufrir también la indecisión y el miedo de comunicar, señalar o denunciar ante sus próximos, primero, y ante sus superiores, luego. Ello derivado porque ala víctima de la violencia en el trabajo no entiende los porqués de la situación dejándola retraída y silente. Se trata del miedo a denunciar los ilícitos por innumerables razones: miedo a la pérdida del trabajo; miedo a no ser creída; miedo a la pasividad y dificultades procesales; miedo al descrédito ante sus pares, etc.

La conmoción social

También tiene que ver con el temor a denunciar, pero con oras aristas. El acosador puede negar el acoso como tal y señalar que se trata de una relación aceptada y rota por razones personales de la presunta ofendida. Ello genera anticipadamente, ante la sola posibilidad de estar que ello pudiera suceder una inhibición grave en la víctima, especialmente si su honor puede berse mancillado frente a terceros como el cónyuge o el novio. Además, esta situación de denuncia, indudablemente acarreará una conmoción interna, en el grupo y también en los círculos asociados a él, como la empresa, el barrio, el servicio. La pregunta que la víctima generalmente piensa: ¿Valdrá la pena reclamar? ¿Será mejor que soporte la presión? ¿Deberé renunciar para mi tranquilidad? Todo lo que nos lleva a expresar: Cuando una persona víctima de violencia laboral se atreve a denunciar, es por que su resistencia está agotada.

Si en cambio, la actitud social fuera menos tolerante y, asimismo, los agentes públicos éticamente más dispuestos a cumplir sus funciones, y los órganos estatales no se estresaran frente a la defensa de los derechos de la persona, esta angustia y dolor de la víctima no sería tan terrible.

Complicidad del Estado

La complicidad del Estado no debe tomarse como acción, sería incomprensible en un Estado de Derecho, aún cuando se sabe y hay constancia que el Estado y sus órganos han actuado con decisión política en la tortura y violencia sobre las personas. Sin embargo, una forma más sutil y menos comprometedora es la que se lleva a efecto “por omisión”. Al respecto, es deber del Estado, en primer lugar, entregar herramientas de educación a fin de conocer, estudiar las características y naturaleza de los ilícitos contra la persona, promover su prevención y expresar las sanciones, con el objeto de inhibir a los victimarios. Para lo que debe existir una información permanente y adecuada, que de certeza que ha llegado a todos los niveles.

Es notable la falta de conocimiento de los trabajadores sobre este tema. Lo que importa para el reconocimiento de la violencia laboral y para que ellos mismos no tropiecen con ésta frente a sus propios pares.

Déficit conceptual de la violencia laboral

La ignorancia o la indiferencia permiten que la sociedad no tenga un sentido de gravedad del ilícito que comentamos. Se trata que históricamente los sectores pudientes y más informados, han tenido una sumisión intelectual a un sistema perverso de relaciones laborales. El empresario, gerente o jefe, adquiere el rol de señor feudal donde solo su voluntad se constituye como Ley. Son los resabios de un sistema descendiente del primitivo empresario latifundista, donde el trabajador era “el roto”, “el ñato” o “el gallo”, forma despectiva de señalar a un trabajador del campo. No hace mucho tiempo en las noticias del país apareció un Sr. Dirigente político de un partido de derecha expresándose en esos término, lo que me trajo a la memoria el reconocimiento histórico de una realidad, que en Chile nos ha dejado pegado al medioevo en materia de conducta de reconocimientos a la igualdad ante la Ley y ante el ejercicio de ésta. En este sistema conceptual resulta explicable que no se estime grave las conductas de violencia laboral. Sin embargo, para los entendidos e investigadores, se trata de una especie de crimen perfecto, pues, no deja huellas y puede provocar el fallecimiento de la víctima, como ha ocurrido en muchísimos casos. Algo similar ocurre en la violencia escolar manifestada por las mismas causas desde hace muchos años en Chile, incluso con la discriminación del más grande Padre de la Patria, el Prócer O”Higgins, denominado en su época “el huacho Riquelme” o “el mulato Riquelme”, en alusión despectiva a su origen criollo por parte materna. Pero, recientemente se hace carne y sangre en la sociedad a raíz de los numerosos suicidios de jóvenes estudiantes. Eso mismo pasa y ha pasado con los trabajadores, por lo que este asunto requiere un mayor compromiso oficial y social.

La violencia y sus consecuencias contra la dignidad de las personas, su integridad física y psíquica, su derecho al reconocimiento de iguales ante la Ley, al trabajo digno y a su valor como ser humano, es una acción dolosa, intencionada, injusta, de mala fe, ilegítima, abusiva y que atenta contra el orden y la paz social, que constituye un delito, en cuanto el resultado es previsto y querido por el acosador. Mientras, esta extensión conceptual no se consagre positivamente y se sancione drásticamente, atendidas sus agravantes, la sociedad chilena seguirá sufriendo el miedo al psicoterrorismo moral y las víctimas conjuntamente con la ciudadanía seguirá plena de ansiedad, temor y desconfianza en los agentes del Estado, especialmente en los encargados de la administración de la Justicia.

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Manuel Muñoz Astudillo – U.T. Federico Santa María Talcahuano – Chile

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Este contenido ha sido publicado en la sección Artículos Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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