Al igual que en la gestión medioambiental se entremezclan dos líneas de actuación:

• La regulación legal y normativa de la prevención de riesgos laborales de obligado cumplimiento para todas las empresas.

• Los SIGPRE de adopción voluntaria.

La legislación impone a la dirección la responsabilidad de velar por la seguridad y salud de los empleados que están bajo su mando. En España, la regulación viene recogida en la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. La Ley 54/2003, que viene a reformar la anterior Ley 31/95, establece de forma detallada y específica la forma en que la gestión de la prevención de riesgos laborales se debe integrar en la empresa. Entre las obligaciones que impone se incluyen: la integración de la prevención de riesgos laborales en el sistema general de gestión de la empresa, en el ámbito global y en cada uno de sus niveles jerárquicos, todo ello mediante la implantación de un plan de prevención de riesgos laborales.

La reducción de la siniestralidad y la mejora de la salud en el trabajo requieren, junto a comportamientos seguros de los trabajadores, la existencia de unas condiciones laborales seguras. El logro de este marco de seguridad y salud laboral exige la asignación por la dirección de recursos a actividades preventivas. La dirección necesita de sistemas que le permitan asignar los recursos escasos de la mejor forma posible, con el fin de optimizar la seguridad y salud. La gestión sistemática de la seguridad y salud laboral puede contribuir no sólo a la reducción de los índices de siniestralidad y enfermedad en el trabajo, sino también al aumento de la productividad y de la rentabilidad.

El éxito de la gestión está condicionado por el compromiso de la dirección, por el enfoque preventivo de los riesgos laborales, y por una cultura de seguridad y salud. La eficacia de esta función de gestión depende de la adopción de buenas prácticas que hagan operativas las buenas actitudes.

La forma más rigurosa de llevar a la práctica los imperativos económicos y legales es a través de la implantación de un SIGPRE. Tomando como fuente OHSAS 18001:2007, entendemos por SIGPRE, la parte del sistema de gestión global de la organización que facilita la gestión de los riesgos de seguridad en el trabajo asociados a la actividad de la organización (orientado a desarrollar, implementar, alcanzar, revisar y mantener la política de seguridad y salud en el trabajo de la organización).

ISO ha renunciado a normalizar los SIGPRE. La norma OHSAS 18001:2007 mantiene los siguientes postulados: el principio de mejora continua ligado al ciclo PDCA, el concepto de prevención integrada, el compromiso de la dirección, la participación de los trabajadores, la definición de estructura, responsabilidades, funciones, prácticas, procedimientos, procesos y recursos necesarios para la prevención de riesgos laborales. Otro factor importante es la búsqueda de la integración en el sistema general de gestión de la organización, para lo cual en su diseño han procurado favorecer la compatibilidad con otros sistemas de gestión preexistentes, adoptando una estructura muy similar a la establecida en las normas ISO 9001:2000 e ISO 14001:2004. Especialmente interesante sería destacar la coincidencia de criterios con la segunda, más si cabe, cuando definimos un riesgo laboral como “un impacto medioambiental interno a la organización”.

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José Manuel Rocatí Gil – Diplomado en Ciencias Empresariales y Licenciado en Administración y Dirección de Empresas por la Universidad de Valencia – Master de Prevención en las tres especialidades

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Este contenido ha sido publicado en la sección Artículos Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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