Respuestas de foro creadas
-
AutorEntradas
-
4 abril, 2012 a las 14:17:36 en respuesta a: envío reconocimientos médicos por email #418180 Agradecimientos: 0
Es mejor y más seguro que dirijas tu pregunta a la AEPD.
De todas formas lo teneis un poco complicado, ya que son datos de nivel de protección alto y según el reglamento de la LOPD, artículo 104: ”Cuando, conforme al artículo 81.3 deban implantarse las medidas de seguridad de nivel alto, la transmisión de datos de carácter personal a través de redes públicas o redes inalámbricas de comunicaciones electrónicas se realizará cifrando dichos datos o bien utilizando cualquier otro mecanismo que garantice que la información no sea inteligible ni manipulada por terceros.”3 abril, 2012 a las 17:24:01 en respuesta a: ¿Podemos prescindir de la prevención? #418144 Agradecimientos: 0@alquimista- wrote:
Un saludo para todos y para esos 8 trabajadores .
Y no te olvides de los otros 67, que no son menos merecedores… ya que entre todas las fundaciones que cierran (ahorrándose 3.3 millones de €) suman 75 trabajadores a la calle… y ya puestos, saludos también para los casi 5 millones de parados que también los merecen…
Si es que en este país se practica muy bien la demagogia…
Corto, porque si antes no tenía nada que ver con la PRL, ahora menos.3 abril, 2012 a las 16:44:48 en respuesta a: ¿Podemos prescindir de la prevención? #418142 Agradecimientos: 0Vaya, por el título del tema creía que se trataba de otra cosa…
Coincido con Tony58 en que esta noticia poco o nada tiene que ver con prescindir de la prevención, si sobra pues veo bien que se elimine… al fin y al cabo… ¿que hacían que no pueda hacer el INSHT?
Por otro lado yo sí que observo que cada vez se va prescindiendo más de la prevención pero en el sentido de que las empresas ya no invierten tanto en seguridad. Evitan todo lo que les acarree costes (mediciones higiénicas, formación, mantenimientos, EPI, etc.).
Claro que esta situación no es general, sólo hablo de una tendencia que parece que cada vez va en aumento.3 abril, 2012 a las 16:38:41 en respuesta a: Altura de una mesa para trabajo en bipedestacion #418126 Agradecimientos: 1Hola
La altura del plano de trabajo depende del trabajo a realizar (mayor o menor precisión) y del trabajador, por lo que no se puede establecer una altura concreta. Puedes hojear los siguientes enlaces por si te sirven y te orientan algo, de todas formas, utilizando un poco el buscador del INSHT o google y demás seguro que encuentras tropecientos documentos sobre este tema:Espero haberte ayudado
Un saludoEntra o regístrate para ver los enlaces Una noticia que viene como anillo al dedo…
Entra o regístrate para ver los enlaces 27 marzo, 2012 a las 11:45:50 en respuesta a: Duda gestión Vigilancia de la Salud #417913 Agradecimientos: 0Coincido con todos en que SI debes tener concertada la Vigilancia de la Salud aunque ningún trabajador quiera realizar los reconocimientos médicos, ya que la VS es más que eso.
Te añado un par de consejos:
1º El reconocimiento médico inicial, cuando se contrate al trabajador.
2º Registrar por escrito que el trabajador rechaza realizar el reconocimiento médico.
Saludos27 marzo, 2012 a las 09:55:14 en respuesta a: Cascos de ultima generación #417831 Agradecimientos: 0Llevar el casco donde lo lleva es lo mismo que no llevarlo…
Creo que se puede intentar colocar ”mejor” o por lo menos en la cabeza. Un peluquero puede asesorarle en peinados.Tengo la misma duda que Vintces C C
¿Como agradecer un mensaje sin que salgan las 5 estrellas?27 marzo, 2012 a las 07:58:32 en respuesta a: Trabajadora del mar embarazada #417925 Agradecimientos: 0Hola
Muchas gracias por las respuestas…
A mi modo de ver, si incluyes en una evaluación de riesgos que hay embarazadas, trabajadores especialmente sensibles o menores de edad, las consecuencias de que se produzca el riesgo es mayor y, por lo tanto, la estimación del mismo, pudiendo resultar en un riesgo importante o intolerable (sin entrar en que las probabilidades del mismo aumenten) y las consecuencias de que un riesgo sea intolerable o importante ya las sabemos todos…
No tiene que ver con determinar la aptitud de la trabajadora ya que eso lo decide el Médico del Trabajo, pero sí de la aptitud del puesto para la trabajadora, pequeña diferencia…26 marzo, 2012 a las 17:20:41 en respuesta a: Trabajadora del mar embarazada #417927 Agradecimientos: 0@ICM75 wrote:
Especialidad de Vigilancia de la Salud. ¿Eres la medico del trabajo?
No… ❓
¿En las evaluaciones de riesgos no tienes en cuenta si hay trabajadoras embarazadas en el puesto de trabajo?
¿Me he explicado mal?Madre mía 😮
¿Quien es peor? ¿El empresario por mandarlo o el trabajador por hacerlo? ❓
Que conste en acta que el de la pala iba atado, a la pala… pero atado… 😆 😆23 marzo, 2012 a las 12:00:05 en respuesta a: Adaptación de Maquinaría al R.D. 1215 #417870 Agradecimientos: 0@trabajoyseguro wrote:
OCA o Ingeniero?, las hechas por mi no sirven, ya que no soy ni uno ni otro.
Si puedes homologar o aportar legalmente el CE al equipo sí. Repito CE legal y acorde al RD, que ya sabemos todos que los chinos también ponen el CE.
Puede ser que me explicara muy mal, los riesgos y las necesidades de la máquina las vemos todos, o casi todos, me refería a que la declaración de conformidad u homologación la da una OCA o similar.23 marzo, 2012 a las 10:53:01 en respuesta a: Inscripción REA empresa de limpieza. #417844 Agradecimientos: 1Si, entran con el casco y los zapatos de seguridad, además de guantes, etc etc etc… bueno… tienen que entrar 😉 Pero por el bien de ellas ”supongo” que los utilizan, cuando yo las veo si… pero ya sabes como es esto. En este caso ellas acceden al recinto y al interior de la obra, pasan por debajo de andamios y demás ya el recinto de la obra es justo y las oficinas se encuentran muy pegadas a la fachada. Por este riesgo (supongo) el CSS paró la obra y el inspector fue muy claro. Ya sé que no es la solución y que tanto el inspector como el CSS dejan mucho que desear pero… es así.
Para este caso concreto hay muchas más soluciones que inscribirse en el REA y utilizar cascos… pero supongo que tu pregunta va encaminada a esto, una posible sanción. De todas formas, la inscripción en el REA no cuesta nada más que el tiempo y el dinero de los cursos.
A la hora de la verdad, a ITSS sólo le interesa el papeleo, y a las empresas que no sean multadas.
Triste realidad…23 marzo, 2012 a las 10:35:00 en respuesta a: Inscripción REA empresa de limpieza. #417842 Agradecimientos: 0ICM75: No entiendo lo de ”prevención de papel”… ¿Acaso la consulta no es acerca de un requerimiento legal? ¿no es este tema sobre ”prevención de papel”?… No sé, pero creo que lo de inscribirse en el REA no reduce los accidentes ni mejora la prevención de la empresa, se trata simplemente de ”papeles” como dices tú. Si la consulta fuera sobre los riesgos que corren estos empleados al acceder a una obra mi respuesta no sería de ”papel”, obviamente…
El caso ”claro” que he comentado fue a ITSS y después de ir se han inscrito en el REA a requerimiento del inspector, por cierto, previa parada de obra del CSS. Las trabajadoras accedían al recinto de la obra, cogían el agua de obra y trabajaban en medio de albañiles y demás, eso sí, para limpiar las oficinas, aseos y comedor instalados. Pero trabajaban en obra al fin y al cabo (remito al Art 2 expuesto anteriormente).
Saludos23 marzo, 2012 a las 09:42:55 en respuesta a: Adaptación de Maquinaría al R.D. 1215 #417867 Agradecimientos: 0Sí. Todas las máquinas deben estar adaptadas al RD 1215/97, aunque sean anteriores al mismo. Esta adaptación la realiza una OCA o un ingeniero. Te mirarán la máquina y te dirán lo que necesita si lo necesita para cumplir con el RD: parada de emergencia, protecciones, etc. Tú lo colocas y ellos te dan una declaración de conformidad.
-
AutorEntradas