Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: SEGURIDAD EN ESTACIONES DE SERVICIO #311068 Agradecimientos: 0
    FºJavier
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    octubre 2001


    En ningun caso de puede considerar como riesgo laboral un delito tipificado en el codico penal; no se puede determinar la provabilidad ni la severidad de que ocurra ni cuando.No es cuencia de la actividad laboral. En una palabra no es medible ni cuantificable. Corresponde a nuestra ordanamiento juridico preservar nuestros derechos y a nuestras instituciones, nuestra seguridad. Otra cosa es que el empresario tome y adopte medidas de seguridad por su propio interés y por el de sus empleados.

    Un saludo.

    en respuesta a: Evaluación de Seguridad #311029 Agradecimientos: 0
    FºJavier
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    octubre 2001


    Ten en cuenta que el nivel intermedio hace evaluaciones de seguridad, sin tener la especialidad y un T. superior es quien la supervisa y las firma. Con esto te quiero decir, que salvo las mediciones de higiene industrial que tendrias que realizar con los aparatos convenientes y a disposición, (especificamente esto si es de tu area competencial ) el resto de evaluaciones, te creeo suficientemente capaz de poderlas hacer, es más debes hacerlas por que para eso te han designado.

    en respuesta a: Aparatos elevadores #311027 Agradecimientos: 0
    FºJavier
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    octubre 2001


    Este tipo de maquinaria que se utiliza en la construcción principalmente, se puede montar en nuevas construcciones o en rehabilitación de edificios. Es necesario hacer un plan de seguridad que englobe todos los riesgos posibles. Te diré que existe una bibliografia muy extensa al respecto, pero para tu casoconcreto, te aconsejo un libro que edita el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo , se llama ” Seguridad en los trabajos de obras de rehabilitación de edificios” . Creeme para tus trabajos de practicas es el ideal, vienen incluso casos resueltos a modo de ejemplo.

    Un saludo.

    en respuesta a: Funciones del trabajador designado #311086 Agradecimientos: 0
    FºJavier
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    octubre 2001


    Has obviado un detalle importante, decir que número de empleados tiene la empresa, si es una PIME etc.

    No obstante intentaré responderte. El empresario designara a uno o varios trabajadores para ocuparse de la actividad de la empresa. Cuando el número no resulte suficiente, (por eso te decia el volumen y núero de empleados) debera ser desarrollada através de uno o más servicios de prevención, propios o ajenos.

    Dicho esto , no será necesario ni obligatorio la designación de trabajadores cuando el empresario: haya asumido personalmente la actividad preventiva ((cuando se trate de una empresa de menos de 6 trabajadores)

    en respuesta a: Polvos talcos #311382 Agradecimientos: 0
    FºJavier
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    octubre 2001


    Depende que tipo de personas, que tipo de piel, y sobre todo, que tramos de edad. Es algo complejo contestar de forma escueta.

    El talco es un cristal , el último de la escala . Con un movimiento continuo de rozamiento rompen la piel, ofreciendo una baja defensa dermatologica. Dicho rozamiento reseca la piel y lo que resultaria ser un alivio, pasa a ser un sufrimiento.Es conveniente que un médico (dermatologo) haga un estudio cutaneo y resuelva que es lo más indicado.

    en respuesta a: Puertas inifugas #311399 Agradecimientos: 0
    FºJavier
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    octubre 2001


    Tu pregunta no esta suficientemente planteada , no puede haber una sola respuesta y mucho menos ser escueta.

    No indicas que tipo de local, empresa o uso al que estaría destinada la empresa (comercial, hospitalario, de servicios, domestico, etc.) en cuestión. Para no errar, es mejor que consultes la reglamentación al respecto:

    REAL DECRETO 2177/º996, de 4 de octubre por el que se aprueba la Norma Básica de la Edificación (NBE-CPI-96: Condiciones de protección contra incendios en los edificios. Concretamente Articulo 8, o bien Articulo 15 punto 15.5.3

    en respuesta a: Programas informaticos planes SyS #311428 Agradecimientos: 0
    FºJavier
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    octubre 2001


    Es indudable la existencia de empresas que desarrollan programas de este tipo. No obstante yo te diria que te dirijas al INSTITUNO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO (INSHT)puesto que revierten caracter oficial cada uno de los temas que trata,

    además de contar con técnicos espertos en todas las materias. En seguridad tienen, prácticamente una guia informatica para cada tipo de riesgo. Desconozco la capacidad y volumen de tu empresa pero existe un programa “Condiciones de trabajo en Pymes. Versión 2.0” que es suficiente.

    Si por el contrario se trata de una empresa de construcción, y quieres un programa de seguridad que desarrolle el RD. 1627, visita la pagina de cualquier constructora.

    en respuesta a: Guia Plan de Emergencia #311724 Agradecimientos: 0
    FºJavier
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    octubre 2001


    Existe una guia concreta de uso generico que edita la Asociación de Prevención de Accidentes (APA) es un manual muy sencillo y práctico. Puedes pedirselo a la mutua de accidentes a la que este suscrita tu empresa; APA es la asociación que congrega a casi todas las mutuas de accidentes de trabajo.

    Hay otras guias más especificas que van dirigidas al sector de actividad del que se trete, por ejemplo, Guia para la elaboración de catastrofes en hospitales que edita el INSALUD.

    En cualquier caso, te será necesario tambien conocer la Ordenanza de Prevención de Incendios del ayuntamiento de tu comunidad, además de la Norma Basica de Edificación (NBE) y la legislación al respecto RD. 1942/1993 de 5 de Noviembre o si es para Madrid, el Reglamento de Prevención de Incendios de la Comunidad de Madrid Decreto 341/1999 de 23 de Diciembre, etc.

    Como apreciarás, debes tener una información mucho más extensa que una simple guia

    Recibe un cordial saludo.

    en respuesta a: Realizacion de planes de seguridad #311733 Agradecimientos: 0
    FºJavier
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    octubre 2001


    No especificas que tipo de planes de seguridad, si es al plan de emergencias y evacuación de un edificio, si es a riesgos generales o especificos y con que actividad esta relacionado.

    En cualquier caso intentaré orientarte de algunas direcciones:

    para planes de emergencia y evacuación hay empresas rel ramo como por ejemplo – P3· Consultans C/ Raimundo Fdez Villaverde ,57 tlf 915357570,

    Tambien BELT IBERICA C/ Travesia del Monzón, 16 Majadahonda MADRID, 916344800


    Si quieres ayudas informaticas para la prevención llama al Instituno Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo C/. Torrelaguna

    Tlf 914037000. Aqui encontraras:

    AIP programas informaticos de aplicabilidad Inmediata

    SIAPS , Sistema Intregrado de Ayuda a la Prevención Sectorial

    Espero que te sirva.

    Recibe un cordial saludo

    en respuesta a: Planes de seguridad en la construcción #311858 Agradecimientos: 0
    FºJavier
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    octubre 2001


    No. Es necesario tener conocimientos técnicos suficientes y adecuados a la tarea a desarrollar, por ello, el parsonal que se supone capacitado deberia ser el Arquitecto o Aparejador y/o Coordinador de obra.

    en respuesta a: COORDINACION DE SEGURIDAD #312136 Agradecimientos: 0
    FºJavier
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    octubre 2001


    Hay ocasiones en las que no es necesario el Coordinador y tiene que asumir esta función la direccion facultativa, vease el Articulo 9 .2,c.

    Hecha un vistazo tambien al Art. 24 de la Ley de PRL

    En cualquier caso, la dirección facutativa y dentro de esta el arquitecto tiene la maxima responsabilidad. Si relees el articulo 9, dice que el coordinador tiene obligaciones, no responsabilidades y dentro de estasobligaciones esta la de contar con la coordinación en fase de ejecución.

    en respuesta a: ¿Algun ingeniero en electricidad? ¡¡¡AYUDA!!! #312178 Agradecimientos: 0
    FºJavier
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    octubre 2001


    Creeme, es sumamenta dificil contestar a tu pregunta en este tipo de medios, entre otras razones, por lo extenso de la respuesta. No obstante te orientaré sobre donde puedes conseguir bibliografia afín; creeme el lugar que te recomiendo es el más idoneo: AMYS, “Asociación de Medicina y Seguridad´En el Trabajo para la industria electrica, esta en la C/ Francisco Gervás núm. 3 Tlf. 915674986. Internet: http//.

    En el Ministerio de Industria y en el RD. de Alta tensión.

    Tambien decirte que RIESGO es la combinación de la frecuencia y la probabilidad y de las consecuencias que pueden devrivarse de la materialización de un peligro , INTENTA CONSEGUIR Y OJEAR LO SIGUIENTE : (U N E 81902 ERRATUM)

    Entra o regístrate para ver los enlaces

    en respuesta a: Ruido #312181 Agradecimientos: 0
    FºJavier
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    octubre 2001


    Destacaré como importante, que los limites maximos “orientativos” de presión acustica de sonidos y ruidos para las distintas actividades, van en funcion de eso, del tipo de actividad. Así por ejemplo,

    el ruido producido por otros para un trabajo mental, tiena como valor maximo 50 dBA, para un trabajo fisico 90 dBA (ahora, como bien dces, 87).

    Lo anterior, que es orientativo, no se podrá aplicar sin realizar las conversiones correspondientes a cada actividad; tarea que por otra parte corresponde al técnico de Higiene Industrial. En este sentido hay publicaciones y organismos al respecto: INSTITUTO DE SEGURIDAD E HIGIENE, c/ Torrelaguna , Madrid.

    En cuanto a la tasa puedes consultarla en la Directiva 86/188 de la Comunidad Economica Europea.

    FºJavier
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    octubre 2001


    En primer lugar te diré que existen muchas empresas dedicadas en exclusiva a la protección laboral. Te interesaria conseguir publicaciones relacionadas con este tema, como por ejemplo la revista: “Formación de Seguridad Laboral”Tlf. 914020049-4029619/07.

    Tambien te recomiendo un libro que publica la empresa ENRESA, cuyo titulo es: “ESTUDIO SOBRE lA SEGURIDAD PARA TRABAJOS EN ALTURA”, creeme, si estas interesado por el tema, este libro es indispensable.

    Por último, orientarte sobre empresas que se dedican a la protección contra las caidas en altura Proyectos e instalaciones colectivas de linea de vidapara trabajos en altura etc:

    Distribuidor: Irudek

    Polig. Ind. Irura, s/n – plon nº 10

    Guipozcoa. Tlf. 943/692617 – 692950

    Otra en Barcelonma

    VERTICAL

    Tlf. 93/309 10 91.

    Podria incluir muchas más, pero creo que de momento puedes empezar por lo indicado.

    Un saludo.

    en respuesta a: Capacitación para la formación #312242 Agradecimientos: 0
    FºJavier
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    octubre 2001


    Aún siendo especialista en PRL ,(denominación del Nivel Internedio) no tienes por que saber todas las técnicas, metodos y/o procedimientos de trabajo, por tanto no está más cualificado que otra persona conocedora de su sector, comedito o actividad especifica para impartir conocimientos. Recuerda que la de actividad preventiva, en todos sus ambitos ,debe estar integrada en todas la areas de la empresa, Articulo 1 del Reglamento de los Serv. de Prev. (RD.3971997).En la formación, un inmediato superior puede impartir con el conocimiento y/o colaboración del Técnico y Delegados de prevención la formación pertinente,bien creando un procedimiento o siguiendo uno ya establecido. A escepción de la referencia legal anterior, creo que no exista lo que especificamente preguntas.

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