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He estado estudiando el RD 1627/97 y leo que la coordinacion de S&S en fase de ejecucion esta integrada dentro de la direccion facultativa, pero ¿es realmente asi? es decir, ¿tiene las funciones que establece el art. 9.1 de este RD respecto a lo de planificar los trabajos? o como yo creo la planificacion le viene dada de antemano por la Direccion Facultativa?; me refiero con todo esto a que si en la vida real, la coordinacion S&S tiene efectivamente ese poder para planificar y organizar los trabajos por si sola o simplemente se limita a acatar ordenes de la Direccion Facultativa.
Muchas gracias a todos.
Hay ocasiones en las que no es necesario el Coordinador y tiene que asumir esta función la direccion facultativa, vease el Articulo 9 .2,c.
Hecha un vistazo tambien al Art. 24 de la Ley de PRL
En cualquier caso, la dirección facutativa y dentro de esta el arquitecto tiene la maxima responsabilidad. Si relees el articulo 9, dice que el coordinador tiene obligaciones, no responsabilidades y dentro de estasobligaciones esta la de contar con la coordinación en fase de ejecución.
La función del coordinador de seguridad y salud es precisamente esa, coordinar los trabajos (ya planificados de antemano) entre las distintas subcontratas y/o autonomos para que no se produzcan interferencias en los trabajos que realizan cada uno de ellos.
Un saludo.
No tiene el coordinador de s.s. estar integrado en la dirección facultativa, aunque casi siempre es así. Desde luego es mucho mejor que no lo esté y que su trabajo se deba solamente a la coordinación de seguridad, ya que se preocupará mucho más por estos temas que si está integrado en la Dirección Facultativa
"Difundir es Prevenir"
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Twitter: @RamonpmerlosQue el coordinador de seguridad esté integrado (que lo está por el R.D.)en la D.F., no quiere decir que necesariamente sea el arquitecto o el aparejador de dicha D.F., pués cada vez mas, son contratados de forma independiente por la Propiedad. Por otro lado su misión es coordinar los diferentes intervinientes de la obra( contratas, subcontratas, etc) y en cualquier caso, si por exijencias de producción o costes acata las órdenes de otros miembros de la D.F.seguirá siendo responsable de los posibles accidentes y en materia de prevención tiene responsabilidad directa. Además de la responsabilidad “in eligendo” e ” in vigilando” de la Propiedad respecto al coordinador.
deberia de poder tomar parte en las decisiones tanto de diseño como de ejecucion pero la realidad es otra muy distinta….
nos encontramos muchas veces (casi todas) que el proyecto de obra ya esta hecho y el proyectista NO SE QUIERE MOJAR con eso de la seguridad PERO SI HACE EL ESTUDIO PARA PODER COBRARLO, pero a la hora de la verdad el muerto de coordinador en ejecución no lo quieren ver ni de lejos….
saludos de un coord. quemado…
La función del coordinador de seguridad es, hoy en dia, un enlace entre los trabajadores y direccion facultativa en prevencion de riesgos laborales, es decir, Tecnicos Superiores. Aun asi el coordinador de seguridad tiene el poder, no de planificar, sino de organizar los trabajos en base a una planificación elaborada por el Técnico Superior que tiene facultad para establecer unos baremos de peligrosidad en cada puesto.
Un saludo.
Srta. Mabel
Entiendo que el coordinador de seguridad, siguiendo el plan de seguridad e higiene que el ha aprobado y presentado para la apertura del centro de trabajo, se limita unica y exclusivamente a tareas de seguridad, no a la planificación de la obra. etc.
saludos
Opino que una cosa es la planificación en cuanto a producción y otra la planificación en cuanto a seguridad. La integración del Coordinador de seguridad en la D.F. es para que pueda “dirigir” la planificación en cuanto afecta a la seguridad, pudiendo en algunos casos estar en discordia con la planificación en cuanto a producción. En ese caso y mediante justificación del coordinador, la D.F. tomará las decisiones oportunas, debiendo siempre prevalecer los criterios en favor de la seguridad.
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