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  • #56012 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

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    Respecto a la noticia:

    La UE fija un máximo de 87 decibelios de ruido en el trabajo (12/06/2001). Los ministros de Trabajo de la UE acordaron ayer una normativa que regulará la protección de los trabajadores a las exposiciones al ruido, en la que se fija un máximo de 87 deci…

    Ruego a ustedes me ayuden a encontrar información sobre: * Que estudios fundametan dicha normativa y donde se pueden encontrar. * Que tasa de cambio (exchange rate) considera esta normativa para evaluar el riesgo de exposición a ruido (OSHA utiliza tasa 5, La normativa Chilena utiliza tasa 3, ACGIH tasa 3, etc.) * Como se llegó a determinar del valor de 87 dB(A) como el límite máximo permisible y los límites de acción fijados entre 80 y 85 dB(A). Saludos FICA.

    #312181 Agradecimientos: 0
    FºJavier
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    octubre 2001


    Destacaré como importante, que los limites maximos “orientativos” de presión acustica de sonidos y ruidos para las distintas actividades, van en funcion de eso, del tipo de actividad. Así por ejemplo,

    el ruido producido por otros para un trabajo mental, tiena como valor maximo 50 dBA, para un trabajo fisico 90 dBA (ahora, como bien dces, 87).

    Lo anterior, que es orientativo, no se podrá aplicar sin realizar las conversiones correspondientes a cada actividad; tarea que por otra parte corresponde al técnico de Higiene Industrial. En este sentido hay publicaciones y organismos al respecto: INSTITUTO DE SEGURIDAD E HIGIENE, c/ Torrelaguna , Madrid.

    En cuanto a la tasa puedes consultarla en la Directiva 86/188 de la Comunidad Economica Europea.

    #312182 Agradecimientos: 0
    Diseño Industrial
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    noviembre 2001


    Normativa

    D.S 146/97. MINSEGPRES Decreto supremo n° 146 establece norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas.

    D.S. Nº 594 MINSAL del 15/9/1999, del ministerio de salud aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo

    ISO 2204-: Guía a Normas Internacionales sobre el ruido y evaluación de sus efectos sobre seres humanos.

    ISO 9612:1997, Directrices para la medición y evaluación de la exposición al ruido en un ambiente de trabajo.

    ISO 11690:1996, Recomendaciones practicas para el diseño de lugares de trabajo con maquinarias ruidosas – Parte 1: estrategias de control.

    Documentos

    NTP 503: Confort acústico: el ruido en oficinas.INSHT

    NTP 387: Evaluación de las condiciones de trabajo: método del análisis ergonómico del puesto de trabajo

    NTP 270 Evaluación de la exposición al ruido. Determinación de niveles representativos

    Manual de aplicación de Norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas. DS 146/97. MINSEGPRES

    “Noise. Environmental Health Criter”. OMS

    “Protocolo de vigilancia sanitaria específica para los/as trabajadores/as expuestos a Ruido” Consejo interterritorial del Sistema Nacional de Salud de España. año 2000.

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