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El presidente de la Confederación Empresarial de la Pequeña y Mediana Empresa Valenciana (Cepymev), Vicente Lafuente, lamentó hoy la dificultad por parte de la pequeñas y medianas empresas para asumir el coste económico de la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. Por ello solicitó, durante la presentación de una jornada sobre las medidas de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales, organizada por la Confederación Empresarial Valenciana (CEV) y la Unión de Mutuas, que la Administración promueva incentivos económicos para las empresas que reduzcan la siniestralidad.

Así, calificó de “positivo” el esfuerzo de la Administración en materia de prevención, pero señaló que “es necesario que la normativa se ajuste a las necesidades reales de las empresas”. En este sentido, señaló que la gran mayoría del tejido empresarial lo constituyen empresas pequeñas, “que constituyen el motor principal de la economía valenciana”, y por tanto, también reúnen la mayoría de accidentes laborales.

Al respecto, el director del Instituto de Seguridad e Higiene en el Trabajo, Leodegario Fernández, que presentó una ponencia sobre la reforma de la legislación sobre seguridad laboral desde la perspectiva institucional, señaló que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales de 1995 no distingue entre pequeñas, medianas y grandes empresas, pero recalcó que “lo que no se puede es pretender que existan tres leyes”.

Fernández señaló que “el problema no está en la Ley, sino en las dificultades que representa su interpretación y aplicación, debido a la complejidad del tejido empresarial, ya que la normativa es demasiado general”. Así, consideró “normal” que la Ley no se hubiera aplicado correctamente, “ya que se tardó varios años en aprobar los desarrollos reglamentarios para su aplicación concreta”, apuntó.

Por otra parte, señaló que la reforma de esta ley, aprobada por el Congreso el pasado diciembre, no es fruto de un acuerdo de las mesas de diálogo social, ya que “éstas se cerraron en diciembre de 2002 sin que se llegara a firmar ningún acuerdo de consenso entre las partes”. No obstante, indicó que su aprobación parlamentaria contó con el “inusual” apoyo de la “casi totalidad” de las fuerzas políticas.

Asimismo, Fernández señaló que “con esta reforma se abren las puertas a futuros desarrollos normativos”, por lo que se mostró “confiado” en que “sirva a la Administración con utilidad, para permitir reducir la siniestralidad laboral”.

Deficiencias

Por su parte, la responsable del Departamento de Relaciones Laborables de la CEOE, Pilar Iglesias, que presentó una ponencia sobre la perspectiva empresarial respecto de esta reforma, afirmó que “se haya perdido una excelente ocasión para corregir algunas deficiencias de la ley del 95”.

En su opinión, la reforma “no recoge todo lo acordado en la mesa de diálogo social”, y criticó que, tras la finalización de ésta, la ley se elaboró y se remitió al parlamento “sin que hubiera ninguna iniciativa de la Administración para debatir propuestas con los representantes empresariales sobre el texto legal”.

Iglesias afirmó que existen “grandes desacuerdos” entre el empresariado sobre “importantes factores” del nuevo marco legal. En primer lugar, criticó que la normativa vigente “atribuye la totalidad de la responsabilidad al empresario, sin tener en cuenta el error humano ni la corresponsabilidad del trabajador en caso de incumplimiento de las normas por parte de éste”.

Asimismo, señaló que el modelo preventivo que se pretende “se traduce en costes, que no representan lo mismo para empresas de diferente tamaño”. En este sentido, añadió que “es necesario que el empresario vea la prevención de riesgos laborales como una inversión, pero también que la Administración ayude y fomente dicha inversión”.

Por otra parte, también consideró “negativo” que la nueva normativa incremente las competencias de los técnicos de prevención de riesgos laborales de asesoramiento y apoyo, con funciones de vigilancia “que corresponden a los inspectores de trabajo”, ya que, según señaló, “se establece en la actuación del técnico una presunción de certeza del incumplimiento de la Ley por parte de la empresa, que antes correspondía sólo a la inspección de trabajo”.

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