La mujer quedó quedado inválida tras sufrir un accidente dentro de la oficina y en horario de trabajo. Ésa es la condena que dictaminó ayer un juzgado de Sevilla. Fue el 17 de enero de 2000. La empleada atendía a un cliente cuando le cayó encima un trabajador que se encontraba cableando la oficina.
La sentencia apunta que no existía coordinador de seguridad, hubo una falta del adecuado proyecto de seguridad y no tenían licencia de obra.
Manifiesta, además, que por el resultado final del accidente, esta mujer, de 30 años, ha visto truncada totalmente su carrera profesional.
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