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El juzgado de lo social número 2 de Girona ha condenado a la empresa Herramientas Especiales y de Precisión SA (HEPSA), radicada en la localidad de Ripoll, a pagar una indemnización de 14.401 euros a una trabajadora que, según la sentencia, «fue sometida a una presión laboral tendenciosa», conocida como mobbing. El juez considera probado que la empleada, que llevaba 10 años trabajando en la empresa, sufrió una situación continuada de acoso psicológico y moral por parte del director y de otros cargos.Se trata de la primera sentencia condenatoria por mobbing en Girona.

«Al principio eran tonterías pero luego se fue agravando y me decía que todo lo hacía mal -relató la víctima, que prefiere mantenerse en el anonimato-. Incluso me controlaba el tiempo que pasaba en el lavabo. Me insultaba y me amenazaba siempre sin que hubiera testigos delante».

La afectada explicó cómo las vejaciones de su superior le fueron minando la salud psíquica: «No entendía por qué me pasaba a mí y me llegué a creer todo lo que me decían. Me sentía culpable».«Me llegó a rebajar y humillar como persona y como trabajadora -añadió-. Mi familia me aconsejaba que dejara el trabajo pero yo no me lo podía permitir porque estaba pagando una hipoteca».

Esta trabajadora cree que la persecución psicológica empezó hace ocho años cuando era delegada de personal, a partir del momento en que se negó a colaborar en una recolecta que se organizó en la fábrica para hacer un obsequio al hijo del director con motivo de su 18 aniversario. La mujer, de 28 años, se vio obligada a coger la baja por depresión en más de una ocasión hasta que al final optó por solicitar la excedencia voluntaria.

En la sentencia, el juez destaca no sólo el «valor» que han demostrado los testigos sino «la contundencia y la firmeza con la que han declarado, teniendo en cuenta la situación que se vive en el interior de la empresa, con ceses voluntarios y depresiones».

Gloria Poyatos, la abogada de CC.OO que ha defendido a la trabajadora, explicó que paralelamente han presentado una demanda civil en la que solicita que la empresa indemnice a la empleada con 30.892 euros por los daños psicológicos que le ha provocado la presión laboral a la que ha estado sometida durante tantos años. Además, anunció que el juzgado ha abierto diligencias para que el caso se juzgue por la vía penal.

La abogada destacó el carácter pionero de esta sentencia, la primera que reconoce un caso de mobbing en las comarcas de Girona y una de las pocas en España. Según la letrada, no es fácil probar un caso de acoso psicológico en el trabajo básicamente porque los testigos no se atreven a declarar por miedo a represalias de sus superiores. «Desde CC.OO -explicó Poyatos-, cuando nos llega un caso de este tipo primero intentamos la vía de la conciliación entre la empresa y el trabajador y, si no es posible, entonces acudimos al juzgado».

Sin embargo, la mayoría de las veces los afectados no lo denuncian y acaban abandonando voluntariamente el trabajo.

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El Mundo

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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