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La Fiscalía de Sevilla ha solicitado una condena de tres años de cárcel para dos responsables de una empresa de Alcalá de Guadaíra, que serán juzgados en enero próximo en relación con la muerte de un trabajador en accidente laboral, al caerle encima una carga que estaba trasladando con una grúa que no se hallaba en buen estado.

Según el escrito de calificación provisional del Ministerio Público, al que tuvo acceso Europa Press, los hechos se remontan al 6 de septiembre de 1996 cuando la víctima, J.B.H., de 23 años, se encontraba trabajando en una factoría de aluminio ubicada en el polígono industrial Fridex de Alcalá de Guadaíra, empresa en la que estaba empleado desde hacía sólo dos meses.

El operario manejaba habitualmente un puente-grúa de la marca Jaso, con el que trasladaba cuatro cestas de aluminio de un extremo a otro de la nave, con las mismas levantadas y llevadas lateralmente, debido a que las “reiteradas averías del puente-grúa provocaba que no se pudiera utilizar correctamente por carecer de limitador de carrera”, explica el fiscal, que añade que de esta forma se sometía a un “sobreesfuerzo” al cable del puente-grúa, porque al seguir tirando del mismo la carga colisionaba con las vigas del puente.

El accidente se produjo por la rotura del cable y la caída de la carga sobre el joven operario, que para el manejo de la grúa se situaba en la vertical de la carga ante la falta de espacio de la nave. J.B.H. falleció en cuestión de minutos a causa de un traumatismo torácico, que le originó un shock hipovolémico con hemotórax secundario.

Suponía un peligro

El fiscal asegura que el “mal funcionamiento” del puente-grúa era conocido por los dos acusados, el representante legal y administrador de la empresa, N.O.B., de 46 años, y el jefe de fábrica, M.A.P., de 49 años.

En este sentido, señala que a pesar de las múltiples averías “no habían impedido su utilización a los trabajadores, y concretamente a la víctima, que llevaba sólo dos meses trabajando en la empresa y no había sido instruido de las condiciones de manejo del puente-grúa, ni del peligro inherente a su utilización”, circunstancia que había sido advertida por los técnicos de mantenimiento a los encargados de la empresa.

Además, señala que trabajar con un puente-grúa en estas condiciones infringe la ordenanza general de Seguridad e Higiene en el Trabajo y el Estatuto de los Trabajadores.

Por ello, imputa a los responsables de la empresa un delito contra los derechos de los trabajadores y otro delito de homicidio imprudente. Por el primero, solicita una condena de un año de cárcel para cada uno y el pago de una multa de 480.000 pesetas (2.884 euros), mientras que por el homicidio pide dos años de prisión.

Además, solicita que indemnicen con 12 millones (72.121 euros) a la madre del fallecido y con dos millones (12.020 euros) a sus cuatro hermanos. El juicio contra ambos procesados se celebrará en enero próximo en un juzgado de lo Penal de Sevilla.

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Europa Press

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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