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La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región ha confirmado una sentencia del Juzgado número Uno de Cartagena, que, en octubre de 2009, declaró procedente la sanción de siete días de suspensión de empleo y sueldo de un trabajador que protagonizó un altercado en las oficinas de su empresa.

La sentencia de la Sala señala que este empleado se presentó en las oficinas el 14 de abril de ese año y solicitó a la jefa de turno que le entregara “un parte de asistencia para ir a la mutua porque unos días antes había sufrido un tirón en el glúteo mientras prestaba servicios en la empresa”.

Al contestarle aquélla que no tenía conocimiento de ningún accidente de trabajo y que tenía que hablar con su superiora, el trabajador provocó unos incidentes, en el transcurso de los cuales “llegó a arrojar el teléfono de forma violenta contra la pared y la mesa en dos ocasiones”.

El empleado recurrió la sanción, pero el Juzgado de lo Social no lo estimó, lo mismo que hace ahora la Sala de lo Social, que ha respaldado la medida adoptada por la empresa.

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Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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