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El tribunal, en su resolución de la sala de lo social, ha desestimado el recurso presentado por un trabajador del sector del metal contra la sentencia dictada por un Juzgado de lo Social de Murcia, que en noviembre pasado declaró procedente el despido efectuado por su empresa.

El demandante recibió en mayo de 2009 una carta de sus jefes en las que se le indicaba que se había acordado su cese en la empresa por motivos disciplinarios “al haberse acreditado una intención de rebeldía respecto al cumplimiento de sus obligaciones laborales, con creación de un ambiente de trabajo absolutamente hostil hacia sus compañeros, transgrediendo con ello la buena fe contractual”.

Entre las acusaciones que se contenían en la carta figuraban las de apropiarse de materiales de la empresa para realizar piezas que “nada tienen que ver” con su actividad, hurtar una plancha de hierro y “comportarse de forma habitual y continuada de forma agresiva e intolerante con sus compañeros, gritándoles permanentemente, insultando a uno de ellos, llamándoles inútiles y diciéndoles que no saben hacer nada”.

Para la empresa, el despedido había creado con su comportamiento una situación de “verdadera angustia y desesperación” para sus compañeros, por lo que se temía que “pudiera provocar respuestas agresivas de éstos”.

La Sala de lo Social del TSJ concluye su sentencia con la desestimación del recurso presentado por el trabajador y comenta que éste ha cometido “una falta muy grave de deslealtad y abuso de confianza, y fraude, con perjuicio de la empresa, lo que motiva suficientemente el despido procedente del mismo”.

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elmundo.es

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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