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La Inspección de Trabajo de Lleida ha negado validez a cualquier documento que los empresarios puedan hacer firmar a sus trabajadores musulmanes para eximirles de responsabilidad en caso de accidentes causados por el ayuno durante el Ramadán.

Este organismo ha comunicado hoy a los sindicatos y organizaciones agrarias la invalidez de este tipo de documentos, a raíz de algunas informaciones que afirman que empresarios agrícolas los habrían hecho firmar a los trabajadores de religión islámica para la campaña de la fruta.

En una carta firmada por el jefe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, José Vicedo, éste puntualiza que a su entender dicho papel eximiendo de responsabilidad al empresario que tiene contratados a trabajadores que realizan el ayuno no tiene validez.

Además, José Vicedo recuerda que el artículo 14 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece que el empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio.

Dicha normativa también establece que los trabajadores no serán empleados en aquellos puestos de trabajo en los que, a causa de sus condiciones, puedan ponerse en situación de peligro a ellos o a los demás trabajadores, o “cuando se encuentren manifiestamente en estados o situaciones transitorias que no respondan a las exigencias psicofísicas de los respectivos puestos de trabajo”.

El sindicato JARC señala que la carta deja bien claro que ningún papel exime al empresario de velar por la seguridad de sus trabajadores, aunque estos estén realizando el ayuno del Ramadán.

Aunque JARC asegura que sus asociados no hacen firmar documentos de estas características a los temporeros musulmanes, recuerda que hay muchos agricultores que, atendiendo a las informaciones publicadas en los medios, podrían creer que hacer firmar un papel así les eximiría de responsabilidad.

Cabe recordar en este sentido que a principios de campaña el sindicato AEALL-ASAJA anunció su intención de hacer que los temporeros musulmanes firmasen un papel eximiendo a los empresarios de cualquier responsabilidad si les pasaba algo trabajando por el hecho de no comer ni beber.

Sin embargo, finalmente sus abogados les aconsejaron no obligar a firmar este papel, aunque se les dan otro informándoles de las precauciones a tomar durante las horas de trabajo, como beber un vaso de agua cada hora.

“Nosotros creemos que ya cumplimos con nuestra obligación formándoles e informándoles. Si pasase alguna desgracia, ya será el juez quien diga si tenemos alguna responsabilidad más”, explica Pere Roqué, presidente de AEALL-ASAJA.

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Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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