• Autor de la entrada:
  • Categoría de la entrada:Noticias
  • Tiempo de lectura:5 minutos de lectura

La Policía Judicial ha iniciado las investigaciones para determinar si un empresario falsificó la firma de Pedro Arenas Hernández, uno de los dos trabajadores fallecidos tras caer en un pozo de aguas fecales en una finca situada en el término municipal de Jaén, hecho por el que la familia del fallecido interpuso una querella por un presunto delito de falsificación de documento oficial, ya que, según esta familia, falsificó en reiteradas ocasiones la rúbrica del fallecido.

Según informaron a Europa Press fuentes judiciales, los agentes incialmente están comprobando si la firma que aparece en el libro de matrícula y en otros documentos corresponde al fallecido y, en caso contrario, cotejará los caracteres con la letra del empresario querellado, que ya prestó declaración en el mes de julio, donde se declaró inocente de tal delito.

La querella, presentada ante en un juzgado de instrucción de la capital, alude a la existencia de esta rúbrica presuntamente falsificada en documentos como el libro de matrícula, donde debe constar la firma del trabajador agrícola una vez que se le contrata “y donde aparece la firma con posterioridad a su muerte”.

Asimismo, se refiere al documento de alta del trabajador en el régimen especial agrario de la Seguridad Social, –que se encuentra en la Tesorería General de la Seguridad Social– e “incluso en el propio Instituto Nacional de Empleo se comunicó la existencia del contrato laboral el 26 de julio de 1999, tres días después de que falleciera”.

La familia del fallecido recordó que en el momento de los hechos, Pedro Arenas “estaba en situación de desempleo, cobrando el subsidio del régimen general, pero al apuntarle el empresario a posteriori en el regimen especial agrario, a la viuda le denegaron la pensión de orfandad y viudedad, al estar este hombre al descubierto y dentro del régimen especial agrario.

En esta querella, la viuda espera obtener una pensión de viudedad a través de la prueba de que su marido pertenecía al régimen general y no al agrario, y reclama la práctica de numerosas pruebas periciales, además de las testificales –de la viuda y del propio empresario–, de carácter caligráfico, y que supondrán un proceso complejo, teniendo en cuenta que la víctima falleció hace casi tres años.

Posteriormente, el juez determinará la existencia o no de indicios de delito, y en caso afirmativo, se abriría un juicio oral, en el que el empresario se enfrentará a penas de prisión que oscilan entre los seis meses y los tres años de cárcel.

Los hechos

Los hechos por los que el empresario fue juzgado y absuelto el 28 de junio del pasado año en el juzgado de Primera Instancia número 1 de la Audiencia Provincial de Jaén, ocurrieron en la finca conocida como Vega de la Reina el 23 de julio de 1999, cuando en un pozo de aguas fecales que se destinaba al riesgo del cultivo de olivar de la finca de Francisco Arenas dedicada a hacer trabajo agrícolas, hallaron los cuerpos sin vida de Antonio García Contreras, de 52 años y Pedro Arenas Hernández, de 32 años, con síntomas de asfixia por la inhalación de los gases procedentes de las aguas fecales, amoniaco, azufre y anhídrido carbónico.

Las dos víctimas estaban realizando obras en tuberías cercanas a la caseta donde estaban situados los pozos. Tras ese hecho dos tribunales de justicia se pronunciaron sobre cada uno de los casos, uno de ellos dándole la razón a la familia de la víctima y otro, en el caso de Pedro Arenas, rebatiendo la tesis del emrpesario y negando la posibilidad de accidente laboral, tras lo que esta familia recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que ordenó la celebración de la vista antes citada.

Mas de 600.000 euros de indemnización

En ese juicio el abogado de María Perez, viuda de Pedro Arenas y el de Francisca López, viuda del otro empleado, pidieron una sentencia condenatoria para Francisco Arenas por ser responsable de una falta de imprudencia leve con resultado de muerte, por lo que demandaron multas e indemnizaciones que superaban en total los 600.000 euros, y por el que finalmente salió absuelto, al no quedar probado que el empresario hubiera encargado esos trabajo ni ninguna tarea relacionada con dicho pozo, que según el juez llevaba en desuso dos meses.

Además, en la sentencia se aseguró que el marido de la ahora querellante falleció, según el forense por causas naturales debido a pancreatitis hemorrágica aguda, que le hizo caer al pozo, mientras que el otro falleció por causa violenta debido a la sumersión en dicho pozo. Durante la vista los abogados recordaron la inexistencia de ningun plan de riesgos laborales y la ausencia de medidas de prevención.

0 0 votos
Valoración

Europa Press

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

Suscribirme
Notificar de
guest
:arrow: 
:D 
:? 
8-) 
:cry: 
:shock: 
:evil: 
:!: 
:geek: 
:idea: 
:lol: 
:x 
:mrgreen: 
:| 
:?: 
:P 
:oops: 
:roll: 
:( 
:) 
:o 
:twisted: 
:ugeek: 
;) 
 
0 Comentarios
Inline Feedbacks
Ver todos los comentarios