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El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha condenado a una harinera de Lleida a indemnizar con seis millones de pesetas a una pareja de ancianos, que vivía junto a la empresa, por los sufrimientos padecidos a causa de los ruidos y vibraciones de la industria.

El tribunal ha ratificado la sentencia de la Audiencia de Lleida que condenó a Farinera del Segrià, SA por “los daños morales” causados al matrimonio, que tuvo que recibir tratamiento psiquiátrico. Enrique Zaidín, de 77 años, y Carmen Pior, de 67, tuvieron que trasladar su lugar de residencia de Alguaire (Segrià), donde estaba la empresa, a Alfarràs, en la misma comarca.

TRAQUETEO CONSTANTE Todo empezó en 1972, cuando la harinera cambió de dueños y se amplió. La pesadilla para el matrimonio se inició cuando instalaron tres grandes máquinas vibradoras, cuya misión era agitar la harina, una vez molido el trigo y antes de ser almacenado.

“Nadie puede llegar a imaginarse los ruidos y las vibraciones que llegaban a hacer esas máquinas. Tuvimos que cerrar el comedor de la casa, porque era imposible estar ahí”, explica Carmen. El traqueteo era constante y produjo también pequeñas grietas en el inmueble.

DISPUESTOS A VOLVER La harinera está trabajando ilegalmente, según Almira, hija de los demandantes, que precisó que “ni siquiera tienen autorización de Medi Ambient, porque no cumplen las normas mínimas”. Antonio, el otro hijo de los Zaidín, explicó que se trasladaron a Alfarràs cuando su padre, “una noche en que ya no podía aguantar más, se levantó airado de la cama y, de los nervios, le dio una embolia”.

Almira asegura que está dispuesta a instalarse de nuevo en la casa en la que nació “cuando nos la hayan arreglado y cuando hayan desviado la entrada de camiones por la parte posterior, como dice la sentencia”.

Sus padres, que siguen tratamiento psiquiátrico desde hace cuatro años, no quieren volver. “Tengo recuerdos muy gratos de la infancia de mis hijos. Era una casa con todas las comodidades, pero yo no pienso regresar nunca más”, afirma, por su parte, la madre.

Los Zaidín están satisfechos porque finalmente el litigio se ha resuelto a su favor, pero aseguran: “En definitiva, aquí no se ha hecho más que aplicar la justicia”. Los médicos desacreditan a la fábrica
La fábrica harinera alegó ante el TSJC que no había pruebas de los daños morales sufridos por las víctimas. En este sentido, el tribunal es contundente: “Los informes médicos ponen de manifiesto que el matrimonio se encuentra en tratamiento en un centro de salud mental, presentando los dos sintomatología de carácter ansioso de diferente gravedad”.

Los jueces afirman que “estos trastornos tienen un claro origen reactivo a consecuencia de un factor estresante de origen ambiental”, y añaden: “Los daños morales representan el impacto, quebranto o sufrimiento psíquico que ciertas conductas y actividades pueden producir y cuya reparación va dirigida a dar una compensación a la aflicción causada”.

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El Periódico

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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