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La Fiscalía de Granada ha solicitado un total de 25 años de prisión para las seis personas a las que imputa algún tipo de responsabilidad penal en el accidente laboral que el pasado 14 de febrero de 2005 acabó con la vida del trabajador boliviano C.O.R.G cuando se encontraba participando en la construcción de un ascensor en Maracena. El fiscal considera probado que el inmigrante no sólo estaba trabajando sin estar legalmente contratado y careciendo de sus derechos, sino que, además, algunos de los inculpados intentaron modificar el escenario del accidente para ocultar la falta de medidas de protección y con el claro propósito de beneficiar a la empresa.

El trabajador, de apenas 20 años y natural de la región de Cochabamba, murió al caer al vacío desde una altura de ocho metros por el hueco del ascensor que estaba construyendo. La caída le provocó traumatismo craneoencefálico grave con fractura de base craneal y hemorragia interna que le produjo la muerte.

En la obra también trabajaban otros inmigrantes que también carecían de residencia legal y permiso de trabajo en España. Según el escrito de acusación, la obra carecía de medidas de seguridad dado que la sujeción del andamio en el que se encontraba el obrero a la fachada “se encontraba realizada de modo rudimentario con cuerda de cáñamo y anclajes de escasa fortaleza”; además, el trabajador “carecía de seguridad o arnés de seguridad amarrado a cable o línea de vida alguno”.

El ministerio fiscal acusa a los dos propietarios de la empresa, M.R.L. y M.A.S.M., de los delitos de homicidio imprudente, riesgo y contra el derecho de los trabajadores extranjeros, y para cada uno de ellos solicita la pena de siete años de prisión, cinco de inhabilitación y una multa de 10.800 euros; para el arquitecto superior L.A.P.M. y para C.R.L., hermano de uno de los dueños, pide cuatro años de prisión, cinco de inhabilitación y multa de 6.000 euros por la presunta comisión de los dos primeros delitos; finalmente, solicita una condena de 18 meses para E.H.G. y J.M.M. por el delito de encubrimiento.

En sus conclusiones provisionales, el ministerio público da por acreditado que, una vez hubo ocurrido el accidente, tres de los acusados, –E.H., J.M. y C.R.–, se personaron en el lugar de los hechos y, con la finalidad de impedir la obtención de pruebas sobre el accidente, la falta de medidas de seguridad y la relación laboral del fallecido con la empresa”, limpiaron los restos de sangre, retiraron los elementos de la obra y colocaron “vallas de protección, arneses de seguridad y planchas metálicas con medidas ajustadas a las legalmente requeridas”.

Además de la Fiscalía y de las defensas de los acusados, en la causa están personados un hermano del fallecido en calidad de acusación particular y los sindicatos UGT y CCOO como acusadoras populares en este proceso.

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Granada Hoy

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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