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La negativa de Francisco Sánchez Ruiz a aceptar la jubilación anticipada a los 56 años parece estar en el origen de un conflicto que lo enfrenta con su empresa, que ha llevado a la Dirección de Trabajo del Departamento de Empleo del Gobierno vasco a presentar una demanda por acoso laboral -conocido también como mobbing – contra la firma vizcaína ubicada en el municipio de Leioa, tras conocer la opinión de la Inspección de Trabajo, que considera que la situación creada «atenta contra la dignidad del trabajador».

La presión de las grandes empresas sobre los trabajadores para que acepten la jubilación anticipada, una vez pactadas las condiciones con los sindicatos, es un secreto a voces, pero no se conocen antecedentes de que esa actitud haya sido llevada de oficio a los tribunales por las autoridades.

Francisco Sánchez lleva más de 20 años en Vicrila, donde hasta 1993 desarrolló funciones de jefe de taller, para, a partir de entonces, ir siendo rebajado en las tareas que realizaba hasta quedar, en el momento en que surge el conflicto, en preparador de pedidos. En 2002, la empresa pactó con los sindicatos un plan de jubilaciones anticipadas que afectaría a los trabajadores de más de 56 años y que pretendía rebajar en cien operarios la plantilla, siempre de forma voluntaria, con el objeto de mejorar la productividad y la rentabilidad.

El trabajador mencionado comunicó, dos años antes de cumplir la citada edad, en febrero de 2003, que no aceptaría la salida de la empresa a los 56 años, porque sus condiciones personales no se lo permitían (tiene hijos menores de edad).

Es a partir de ese hecho, a juicio de la Inspección de Trabajo que ha intervenido en el caso, cuando se da «un indicio claro de represalia o contestación a la decisión del trabajador». Según explica la Inspección en su propuesta de sanción a la empresa, «días después» de haber comunicado el empleado su decisión, la dirección «procede a comunicarle el cambio de puesto de trabajo», esgrimiendo razones organizativas y de productividad.

Que se han producido cambios en las condiciones de trabajo que vulneran la legalidad es un hecho constatado no sólo por la autoridad laboral, que los calificó de falta «muy grave», sino también por una sentencia del Juzgado de lo Social número 9 de Bilbao, que ha condenado a la empresa a «reponer» al operario «en las mismas condiciones de trabajo existentes con anterioridad a la modificación» que se produjo el 13 de febrero de 2003. Y el juez falló en ese sentido, pese a que la empresa había respetado la retribución salarial de Francisco Sánchez.

El cumplimiento de dicha sentencia nunca llegó a producirse, entre otras cosas porque el trabajador no lo exigió, al entender que dar tal paso hubiera dejado en manos de la compañía la posibilidad de despedirlo con la indemnización correspondiente. Por otro lado, la empresa alega que es imposible el cumplimiento del mandato judicial, dado que el puesto que ocupaba por el empleado ha desaparecido de su organigrama.

Pero el acta levantada por la Inspección de Trabajo, que lleva fecha de 4 de septiembre de 2003, va más allá y señala que la categoría profesional a la que fue destinado -carrista preparador de pedidos- «es muy inferior a la ostentada por el mismo» y rebasa lo previsto por la normativa vigente para el caso aducido por la empresa, ya que el paso dado debería estar justificado «por razones perentorias o imprevisibles». Por éste y otros motivos, el acta de la Inspección asegura que tal situación «atenta fundamentalmente contra la propia dignidad del trabajador». Al referirse a los diferentes cambios sufridos por el empleado en los últimos años, señala que se «han ido vaciando de funciones los puestos de trabajo desempeñados… haciéndole sentir poco útil a la empresa».

El acta de la Inspección, que ha servido de base al Gobierno vasco para llevar el caso ante los tribunales por «transgresión de la normativa sobre el derecho del trabajador al respeto a su intimidad y a la consideración debida a su dignidad», proponía sancionar a la empresa por «falta muy grave», que se resolvió con una multa de 9.015 euros, que la empresa asegura que «es nula de pleno derecho al haberse inhibido la autoridad laboral».

En lo que se refiere al trabajador, su vida se ha convertido poco menos que un calvario, según asegura: incertidumbre, baja por estrés laboral, asistencia siquiátrica y, el pasado 18 de marzo, despido disciplinario.

El conflicto, lejos de entrar en vías de solución, parece complicarse a medida que pasan los días. El sindicato USO, al que pertenece el trabajador, ha acusado a la empresa «acoso total y trato vejatorio», y las centrales presentes en el comité de empresa han exigido la readmisión del despedido con todas las garantías.

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El Correo

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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