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Finalmente, no han pasado por el Consejo de Ministros ni la Ley de Mutuas ni la de Colegios Profesionales copado por la aprobación de la Ley de Seguridad Ciudadana. Consciente de la necesidad de tener que explicarla dado las dudas y, directamente, el rechazo que ha generado, el Ejecutivo ha preferido centrarse en ella. Con respecto a la Ley de Mutuas, Atención Primaria se muestra conforme tras la eliminación de la posibilidad de que estas pudieran acceder a la historia clínica o dar el alta al trabajador si el médico de cabecera no respondía en el plazo de cinco días, manteniendo así la confidencialidad del paciente. Se establece que la mutua puede proponer el alta de un trabajador, que debe estimarla o rechazarla en un plazo de cinco días. Tras dicho periodo de tiempo, la mutua podrá solicitar el alta al INSS, que tendrá otro plazo de cuatro días y el compromiso de dar una respuesta. Otro punto destacado ha sido el del reconocimiento de que los profesionales del SNS puedan acceder a las pruebas complementarias realizadas por las mutuas.

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redaccionmedica.com

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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