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La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia dictada por un Juzgado de Lo Penal de Cartagena que, en mayo pasado, condenó a dos hombres como responsables del accidente sufrido por un trabajador en unas obras que carecían de las necesarias medidas de seguridad.

Los hechos ocurrieron el 2 de abril de 2008. Ese día, la víctima del accidente laboral se encontraba trabajando en las obras de construcción de una vivienda, cuando se precipitó al vacío desde una segunda planta. Ésta no tenía vallas de protección, como obliga la normativa de seguridad.
La sentencia ratificada por la Audiencia condenó tanto al jefe de obra como al administrador de una empresa que había sido subcontratada para la realización del revestimiento exterior del inmueble.

El juez de Lo Penal que instruyó el caso castigó a cada uno de los acusados a las penas de tres meses de prisión por un delito de lesiones por imprudencia y a otros seis de cárcel por un delito contra los derechos de los trabajadores.

Además, los condenó a pagar al herido -que tardó 45 días en curar- una indemnización cercana a los ocho mil euros. El tribunal, al rechazar los recursos de los condenados, califica de «llamativo» el hecho de que «se pretenda presentar al arquitecto técnico como único responsable de seguridad y autor del plan de seguridad, cuando resulta que éste tiene fecha del día siguiente del siniestro».

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La Verdad

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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