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El Juzgado de lo Penal número 3 de Vigo acogió este lunes un juicio cuya instrucción se demoró durante diez años. La investigación y posterior tramitación judicial de la causa se prolongó desde agosto de 2001 hasta el penúltimo día del mayo de 2011, lo que provocó que la Fiscalía decidiese retirar las acusaciones contra varios imputados.

Las penas de entre siete meses de prisión y 1.715 euros de multa son el resultado de un largo proceso que comenzó con una fatídica deflagración en los tanques del buque cuando estaba siendo reparado en el astillero, ubicado en el barrio vigués de Ríos. Las graves negligencias cometidas en toda la cadena de mando provocaron una explosión que acabó con la vida de H.A.M., un vecino de Mazaricos de 36 años, y causó heridas a otras 12 personas.

Diez años después de aquella dramática tarde del 22 de agosto de 2001, los responsables se sentaron en el banquillo de los acusados para responder de delitos contra el derecho de los trabajadores, homicidio imprudente y lesiones. En principio fueron ocho las personas sobre las que pesaba la imputación de la acusación pública, pero finalmente tan sólo cuatro fueron condenados.

El fiscal decidió retirar las acusaciones a los otros cuatro procesados al entender que la legislación ha variado tanto en este intervalo de tiempo que en la actualidad se utilizan criterios diferentes a los del año 2001. Por poner tan sólo un ejemplo, esgrimió que ahora mismo hay un fiscal especializado en accidentes laborales, figura que entonces no existía.
Responsables

Para quién sí mantuvo los cargos fue para el jefe del buque, J.M.V.F.; el encargado del sector de pintura del astillero, C.M.A.; el encargado de prevención de riesgos laborales en la misma empresa, G.E.G., y el responsable de la contrata a la que se había encargado la reparación.

Siete meses y 15 días de prisión fue la condena que aceptaron los tres primeros por un delito contra los trabajadores y en concurso con uno de homicidio imprudente y 12 delitos de lesiones, aunque la pena fue sustituida por una multa de 2.200 euros. El cuarto acusado aceptó una multa de 1.715 euros al reducirse la imputación a un delito de lesiones.

El tribunal tuvo en cuenta las atenuantes de reparación de daños, puesto que todas las indemnizaciones a la familia de la víctima mortal y a los heridos fueron abonadas, y la de dilaciones indebidas por el tiempo transcurrido desde entonces.

Según relata el escrito de la Fiscalía, durante las reparaciones del buque no se tomaron las medidas de precaución necesarias. El fallecido se encontraba en el interior de un tanque del buque mientras un compañero le prestaba asistencia desde una de sus bocas. Por causas que no fueron finalmente aclaradas, aunque se baraja la rotura de la lámpara que utilizaba la víctima mortal o una chispa procedente del exterior, se produjo un punto de ignición.

Las conclusiones añaden que en el interior del tanque había una atmósfera explosiva por el uso del producto V-45, compuesto por heptano, nafta, disolvente y trimetibenzeno. Al entrar en contacto con la chispa se produjo una explosión que abombó el depósito, creó facturas en el caso del buque, lanzó al suelo la maquinaria y quemó tanto las paredes como todo el material que encontró a su paso la onda explosiva.

La armadora del barco también solicitó en el juicio una indemnización de 233.000 euros por los perjuicios causados a raíz del accidente, puesto que tuvo que prescindir del uso del barco, aunque la responsabilidad civil no fue dirimida en el Juzgado de lo Penal.

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El Mundo

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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