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Una empresa de seguros ha sido condenada a readmitir a una trabajadora tras quedar acreditado que la mujer sufrió acoso moral por parte de una de sus jefas tras quedar embarazada. La sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Málaga -una de las primeras que se han dictado en Málaga en materia de mobbing o acoso laboral- condena además a Nationale-Nederlanden Vida a pagar a la empleada, que se encuentra actualmente de baja por depresión, una indemnización de 12.000 euros por los daños morales sufridos.

La empleada acosada, M. E. M., de 29 años de edad, que llevaba tres años trabajando en la empresa como secretaria de dirección, fue despedida en noviembre del año pasado, después de ser amonestada por conducta desleal, consistente en difundir noticias reservadas de la empresa y emitir opiniones contrarias a la misma.

Desde que se quedó embarazada, la joven empezó a ser acosada por la directora territorial de la empresa condenada que la llamaba en público «incompetente» e «inútil». Se da la circunstancia de que la acosadora fue la persona que propició el ingreso de la trabajadora en la empresa, al ser amiga de su hermana, y la que le propuso dos años antes del despido para que fuera ascendida de grupo y retribución salarial, propuesta que la empresa aceptó. Un año antes de que fuera despedida, M. E. M. recibió, incluso, un premio extraordinario por su buen trabajo. «Pero las circunstancias cambiaron y la trabajadora empezó a ser objeto de presiones innecesarias que fueron minando su resistencia moral», explica Juan Alberto Cabello, graduado social que ha llevado el caso.

Según se recoge en la sentencia, además de descalificarla en público, la responsable territorial le colgaba el teléfono cuando M. E. M. estaba realizando gestiones; le exigía su presencia inmediata cuando la llamaba, aun cuando no estaba disponible, y en una reunión con responsables provinciales le gritó por llevarle una Coca-Cola equivocada. Igualmente la trabajadora llegó a estar de baja por parto prematuro y a las 37 semanas de embarazo se le aconsejó reposo relativo y la necesidad de evitar situaciones de sobrecarga física y estrés. M. E. M. denunció que su jefa no le concedió hasta tiempo después el permiso de lactancia que le había solicitado: media hora por la mañana y media hora por la tarde.

La sentencia considera que el motivo de la empresa para despedirla -una conducta desleal- «no se ajusta a la realidad y ha sido una mera cortina para cubrir un acoso moral». Agrega también que ha quedado acreditada la existencia de mal ambiente en la oficina, donde otras dos personas están de baja laboral por trastornos depresivos y ansiosos.

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Diario Sur

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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