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El sindicato Comisiones Obreras (CCOO-Canarias) informa que de forma reciente, el Parlamento y el Consejo de la Unión Europea aprobaron las medidas mínimas de seguridad y de salud relativas a la exposición de los trabajadores a los riesgos derivados del ruido. Los cálculos oficiales indican que un 35 por ciento de los trabajadores está afectado en mayor o menor grado por la sordera al convivir con el ruido en jornadas laborales prolongadas.

CCOO reclama medidas preventivas “como fórmula más eficaz para evitar lesiones graves en los trabajadores. La directiva establece como tope máximo los 87 decibelios”.

José Manuel Corrales, secretario de Salud laboral y Medio Ambiente de CCOO- Canarias, afirma que los estudios al respecto “indican que los problemas de sordera implican un menor rendimiento del trabajador y un aumento del peligro de sufrir un accidente laboral, además del propio malestar que genera”.

Alterar el equilibrio psíquico

“Puede alterar el equilibrio psíquico, ya que los trabajadores en ambientes ruidosos son más agresivos, desconfiados e irritables”., señala. En este sentido, también destaca que en los centros de trabajo con ruido elevado “es menos probable que las personas se ayuden unas a otras y se producen comportamientos antisociales”. También se asocia al ruido como factor que provoca estrés y es origen de la insatisfacción laboral.

Las actividades laborales que conllevan un riesgo particularmente alto de pérdida de audición son: la minería, la construcción de túneles, la explotación de canteras, la ingeniería pesada, los trabajos con máquinas que funcionan con potentes motores de combustión, utilización de máquinas textiles y comprobación de reactores de aviones, además de un sinfín de actividades.

Por ese motivo, el ruido es un contaminante habitual de los procesos productivos y, de hecho, ha obligado a los centros de trabajo a la señalización visual debido al alto volumen del ruido.

Los efectos sobre la salud son amplios. Primero produce un daño en el órgano de audición que llevaría a un enmascaramiento de la audición, como primer aviso. En segundo lugar, se produce una fatiga auditiva, que supone el descenso transitorio de la capacidad auditiva. “No hay lesión y se recupera la capacidad con el descanso sonoro en 16 horas”, indica el informe del grupo de trabajo sobre el ruido de la comisión europea.

En tercer lugar se produce la “hipoacusia permanente”, que requiere una exposición a ruido elevada en intensidad sonora y tiempo, o una fatiga prolongada que no permite la recuperación. Esta situación es la que afecta a los trabajadores por la exposición continuada a lo largo de su ocupación.

Exigencias de la UE

La UE exige a los empresarios que pongan las medidas adecuadas para evitar que los trabajadores sufran niveles de ruido por encima de los 87 decibelios. Para ello, José Manuel Corrales afirma que el empresario deberá hacer una evaluación y, de ser necesario, la medición continuada de los niveles de ruido a que estén expuestos los trabajadores.

En este caso, la directiva europea asegura que los avances tecnológicos y la disponibilidad de medidas de control del riesgo en su origen permiten la eliminación del ruido en origen o la reducción de su impacto al nivel más bajo.

CCOO también advierte a los empresarios que deben ponerse en práctica métodos que reduzcan la necesidad de exponerse al ruido, la elección del equipo de trabajo adecuado que genere el menor ruido, la concepción y disposición de los lugares y puestos de trabajo, la información y la formación adecuadas para enseñar a los trabajadores a utilizar correctamente el equipo de trabajo con vistas a reducir al mínimo su exposición a ese riesgo.

La Directiva también antepone la necesidad de conseguir la reducción técnica del ruido. Por ejemplo, indica que la reducción del ruido aéreo se elimina por medio de pantallas, cerramientos o recubrimientos con material acústicamente absorbente. O la reducción del ruido transmitido por cuerpos sólidos se logra, por ejemplo, mediante el amortiguamiento o aislamiento.

Otra actuación muy importante que destaca la directiva europea es la necesaria vigilancia de la salud. “Los trabajadores cuya exposición al ruido supere los valores superiores de acción de exposición tendrán derecho a que un médico u otra persona cualificada bajo la responsabilidad de un médico lleve a cabo controles de su función auditiva”, recuerda. En este caso, deberá realizar los controles audiométricos preventivos. Si se detectan lesiones auditivas, el empresario deberá revisar las medidas preventivas y la evaluación realizada.

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Canary News Agency

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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