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El suceso ocurrió el 14 de septiembre, cuando S., de 36 años, regresaba de Santa Coloma de Gramenet. Por causas que se desconocen, perdió el control de la motocicleta y se dio un golpe que le hundió tres costillas que le perforaron un pulmón y provocaron una parada cardiorespiratoria de ocho minutos, que derivó en un coma en el que aún permanece.

Ingresada en la unidad de vigilancia intensiva del Hospital de la Vall d Hebron, su familia se encargó de todo el papeleo, incluida la presentación de los justificantes médicos y la baja laboral en su empresa, P.d.P.

La sorpresa les llegó al cabo de unos días, cuando recibieron un comunicado de la central, situada en Palau-solità i Plegamans, anunciado su despido.

El carta de la empresa, fechada el 29 de septiembre, cita como causas del despido las faltas de asistencia y puntualidad de manera repetida e injustificada.

“Un despido ya es doloroso, pero que te lo hagan en estas circunstancias es muy poco humano, no tengo palabras ni para catalogar este despido ni a la empresa”, lamenta Montserrat Casares, madre de Sandra.

La mujer trabajaba en una pescadería de la compañía en la calle Sant Andreu de Barcelona.

“Pero cuando se lo pedían, porque había alguna baja temporal, por ejemplo, se desplazaba hasta otras tiendas de la cadena. Iban en su moto y no le importaba”, dice la madre.

Desde el día del accidente, tanto la empresa como sus compañeros sabían lo sucedido.

“En el comunicado, la empresa reconoce que se trata de un despido improcedente”, destaca José Antonio González, abogado del colectivo Ronda y representante de la familia. En el documento se señala que se abonará una indemnización de 2.416,20 euros, y otros 938,8 euros por saldo y finiquito.

El abogado ha señalado que pedirán la nulidad del despido al considerar la misma empresa que es improcedente, por lo que deberán readmitir a la trabajadora.

“Esto le permitirá seguir cotizando, y, de acuerdo con el convenio laboral, cobrar el 100% de su sueldo durante el periodo que esté de baja”. También presentarán una demanda por daños y perjuicios.

Los médicos advierten de que S. podría quedar en estado vegetativo permanente. En ese caso, el despido provocaría que recibiese una pensión de invalidez inferior a la correspondiente si estuviera empleada. La demanda pretende anular el despido, lo que permitiría a S. seguir cotizando en la Seguridad Social y afrontar mucho mejor su nueva situación tanto si despierta como si no.

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elperiódico.com

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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