El pasado 7 de octubre se celebró por primera vez una protesta sindical a escala planetaria con diversas movilizaciones y concentraciones en más de 100 países. La iniciativa ha sido adoptada en respuesta a la Directiva Europea de ordenación del tiempo de trabajo, y por un “trabajo decente”, dignamente retribuido y con derechos y protección social. En el caso de España se concentró en la eliminación del trabajo no declarado, y en la reducción de la temporalidad y de la siniestralidad laboral.

Para aquellos que no lo recuerden, esta nueva Directiva es la tristemente “famosa” Directiva de la “65 horas”, que entró en vigor el pasado 9 de junio, y con la que se permite a cada país alterar sus legislación laboral para elevar el tope de horas de la semana laboral de las actuales 48 hasta las 60, e incluso a 78 horas para determinados colectivos. Con esta Directiva los estados miembros permitirían que se alcancen acuerdos individuales con las empresas, atacando de manera frontal las legislaciones colectivas y fomentando unas relaciones laborales individualizadas.

Son más que evidentes las innumerables desventajas que la entrada en vigor de esta Directiva -a la que el gobierno español se opone- acarrearía: adiós a la jornada intensiva, menor calidad en el servicio, dudosa rentabilidad económica, fin de la conciliación laboral y peor calidad de vida y por supuesto y ahondando en nuestro terreno, un aumento más que significativo de la siniestralidad laboral.

Las consecuencias de la aprobación de esta Directiva en el ámbito de la salud de los trabajadores y trabajadoras son múltiples y realmente preocupantes. Como punto de partida baste indicar que la Organización Mundial del Trabajo (OIT) considera una jornada laboral excesiva la que supera las 48 horas semanales. Igualmente, y tal y como se recoge en un estudio sobre horas de trabajo facilitado por la OIT, se señala como preciso “reducir las largas horas de trabajo para disminuir el riesgo de accidentes laborales y enfermedades y el costo que ocasionan a los trabajadores, a los empleadores y a la sociedad”.

Continúa explicando que “las jornadas de menor duración tienen efectos positivos, incluyendo beneficios para la salud y la vida familiar, la reducción de accidentes en el lugar de trabajo, así como mayor productividad e igualdad entre los sexos”. Trasladando a cifras concretas las anteriores conclusiones, durante el 2007 en países como Perú, Corea del Sur o la India -con una ingente cantidad de horas de trabajo- se reflejaban altos índices de siniestralidad, mientras que en otros más desarrollados y con jornadas reducidas la tendencia era la contraria.

Por eso no entendemos que estando acreditada la relación directa entre una mayor jornada laboral y un aumento significativo de la siniestralidad, se haya producido no solo ya la aprobación de esta Directiva, sino la posibilidad de proponer esta ampliación del número de horas trabajadas.

El hecho de trabajar semanalmente entre 60 a 65 horas implica un aumento considerable de la fatiga y el cansancio, y por lo tanto un enorme desgaste del trabajador, que implicaría un efecto directo en el riesgo de sufrir accidentes de trabajo o enfermedades laborales.

La fatiga, tanto física como mental, genera distracciones, descuidos, despistes, falta de atención y reducción de la agilidad mental, lo que coloca al trabajador en una clara e inequívoca situación de riesgo laboral. Distintos estudios concluyen que trabajar el número de horas que posibilita la Directiva originaría desórdenes en los ciclos de sueño, trastornos musculoesqueléticos, enfermedades de origen cardiovascular y mental, etc.

Pero lo peor no se queda ahí, en el caso de algunos colectivos, como el de médicos, la jornada podría llegar a ser de hasta 65 horas, por lo que además de perjudicar la salud laboral de los profesionales sanitarios, se elevaría el riesgo de cometer errores en el desarrollo de su actividad con los pacientes.

CC.OO. considera que con esta Directiva se está “atacando seriamente el derecho laboral europeo y el papel de los sindicatos y de la negociación colectiva”. Por ello queremos ofrecer una respuesta contundente a través de la jornada mundial, que a grandes rasgos persigue los siguientes objetivos:

– Modificación radical o derogación de la Directiva sobre tiempo de trabajo.

– Ante nuestro Gobierno y las empresas españolas, adopción de medidas y políticas tendentes a combatir la siniestralidad y precariedad laborales y el trabajo no declarado.

– La universalización de las Normas Fundamentales de Trabajo, adoptadas por la OIT.

– Cumplimiento, como máximo en 2015, de los Objetivos del Desarrollo del Milenio de Naciones Unidas.

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Secretaría de Salud Laboral de Castilla y León – Boletín BOICCOOT

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Este contenido ha sido publicado en la sección Artículos Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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