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El Juzgado de lo Penal número 1 de Valladolid ha absuelto a las cinco personas, entre ellas los administradores de Sociedad General de Ingeniería (SGI) y la constructora sevillana Feritálica, que habían sido juzgadas por un delito contra la seguridad de los trabajadores, en relación con un grave accidente laboral sufrido en 1999 por un empleado que cayó de un andamio cuando participaba en los trabajos de construcción de una promoción de 90 chalés en Parque Alameda.

Pese a que el Ministerio Fiscal llegó a solicitar para todos ellos penas de 1 año de cárcel y multas de 7.200 euros, la juez, en una sentencia a la que tuvo acceso Europa Press en fuentes del caso, considera acreditado que “la empresa constructora utilizó las medidas periféricas de seguridad idóneas para el tipo de trabajo realizado y facilitó a los trabajadores los medios personales adecuados, que si éstos no llegaron a utilizar fue por decisión personal por comidad”.

En su fallo, la juez llega a indicar igualmente que “quienes actuaron con desidia e infracción de sus obligaciones como trabajadores fueron el propio lesionado y sus compañeros, sin que exista infracción alguna de los deberes de cuidado y vigilancia por parte de los cinco acusados”.

Durante el juicio, celebrado el pasado día 4, el representante de la acusación pública mantuvo los cargos contra los cinco acusados, el administrador de Feritálica, Luis José F.; su homólogo en SGI, Ulpiano G.O., así como tres técnicos de esta misma sociedad, concretamente el arquitécto técnico, el jefe y el encargado de la obra, Juan A.A., Vicente Angel A.M. y Manuel D.M., respectivamente, al considerar que el accidente laboral se produjo como consecuencia del incumplimiento de las medidas de seguridad.

El siniestro se produjo a primera hora de la mañana del 1 de marzo de 1999 cuando la víctima, Mariano A.L., que se fracturó el cráneo y sufrió varias fracturas vertebrales de las que tardó en curar casi un año, cayó desde una altura de unos seis metros mientras se encontraba rematando la cornisa de un chalé adosado de dos plantas situado en Parque Alameda.

El operario, que ha renunciado a ejercer acciones contra los acusados por haber sido convenientemente indemnizado, cayó del andamio al apoyarse sobre una barandilla que carecía de cierre de seguridad, circunstancia a la que, según el Ministerio Fiscal, se suman la falta de chapas protectoras en la citada plataforma, la ausencia de redes de seguridad y la no utilización de cinturones por parte de la víctima y de sus otros dos compañeros.

La constructora era Feritálica, radicada en Sevilla, cuyo máximo responsable había contratado los servicios de SGI, perteneciente a Diursa, para que se encargara de elaborar planes de prevención y velar por las medidas de seguridad en la obra, de ahí que el fiscal, que se basa fundamentalmente en un informe de la Inspección de Trabajo, dirigiera la acusación contra los cinco citados, entre administradores de ambas sociedades y técnicos de una de ellas.

Críticas a la inspección de trabajo

Por su parte, los defensores de los cinco acusados solicitaron su libre absolución, como así ha ocurrido finalmente, convencidos de que los trabajos en Parque Alameda era realizados por personal altamente cualificado y al que se habían proporcionado todos los medios de seguridad exigibles, tales como cascos y cinturones de seguridad, así como que el andamio en cuestión era del tipo que se utiliza en cualquier obra y reunía todos los requisitos.

Así, los letrados recordaron que el andamio había sido montado por los tres operarios que lo estaban utilizando ese día, que era totalmente estable y que si los trabajadores no utilizaron cinturones de seguridad fue responsabilidad suya.

Además, uno de los defensores censuró el informe de la Inspección de Trabajo, en el que se denuncian una serie de infracciones a la Ley de Prevención de Riesgos, y recordó que la obra en cuestión llevaba abierta casi veinte meses y en ese tiempo ningún inspector se dignó a visitar el tajo, pese a que se trataba de la construcción de gran cantidad de chalés que requería movilizar a casi un centenar de trabajadores.

“Hasta el día del accidente no aparece la Inspección de Trabajo por allí. Luego se limita a realizar un informe que no sirve para nada y en el que reparte a diestro y siniestro, en una actuación totalmente represiva y nada preventiva”, cuando esta última, en opinión de los defensores, es la labor fundamental que debería realizar.

Los abogados defensores también denunciaron la “persecución” iniciada contra aparejadores y arquitectos desde que en mayo de 2001 el fiscal general del Estado, Jesús Cardenal, presionado por los sindicatos ante la elevada siniestralidad, remitiera una circular a las fiscalías para que endurezcan las penas a solicitar en casos de accidentes laborales.

A este respecto, uno de los letrados llegó a citar cuatro casos recientes de procesos contra aparejadores y arquitectos en los que las sentencias fueron absolutorias pese a que en ellos se enjuiciaron accidentes con fallecimiento.

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Europa Press

Este contenido ha sido publicado en la sección Noticias de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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