En fechas recientes, ha aparecido una fuerte corriente ciudadana, que se está viendo respaldada por las decisiones de los Tribunales van adoptando, recientemente exitió una sentencia judicial de mayo de 2000 en la que se condena a Iberdrola por los campos electromagnéticos que un transformador generan en una vivienda. El contenido de esta sentencia es también extrapolable a los campos generados por las antenas de telefonía móvil.

Destacamos de esta importante sentencia lo siguiente: ”Si bien es cierto que no existe prueba actual de daño fisico alguno,no lo es menos que se puede derivar la existencia de un daño moral que viene constituido y fundamentado en el elemental y normal desasosiego e intranquilidad que surge en unas personas, por la posibilidad de que donde se desarrollan los elementos mas esenciales de su vida,esto es en su vivienda, se están produciendo una serie de emisiones que pudieran ser nocivas para la salud tanto de ellos como de sus hijos”.

Esta consideración no sólo se encuentra referida a las antenas de telefonía móvil, si bien son éstas las instalaciones mas cuestionadas, sino que por el contrario se refiere a todas aquellas instalaciones dedicadas a la radiocomunicación, ya se encuentren ubicadas tanto en los núcleos de población, como en las zonas próximas a los mismos. Esta tendencia se está viendo confirmada con la aparición de textos legales emanados de diferentes administraciones, que establecen una regulación proteccionista hacia la población, argumentando tanto motivos de salud, como de protección al medio ambiente.

De igual modo, diferentes sentencias están obligado a la desmantelación de las antenas instaladas dentro de núcleos de población. Hasta hace poco, la ubicación de este tipo de instalaciones, cerca de núcleos de población, cuando no en las propias poblaciones, no revestía grandes problemas, sin embargo, con la aparición a la luz pública de los posibles efectos nocivos para la salud que son susceptibles de provocar estas instalaciones, se ha desarrollado toda una política “anti-antenas”, que aunque en un principio, pudiera parecer un tanto absurda, en la práctica se traduce en serios inconvenientes para los operadores de telefonía móvil, y consecuentemente para los usuarios.

La polémica que se ha suscitado en torno a este tipo de instalaciones, radica en la cuando menos “presunta” nocividad que para la salud de los seres humano, representan las radiaciones que emanan de las mismas, así como en el daño que las instalaciones en sí ocasionan al medio ambiente.

El porqué de toda esta corriente desfavorable se debe a que tanto las antenas, como las estaciones base de telefonía móvil, que son las instalaciones encargadas de transmitir la señal de telefonía móvil, al llevar a cabo tal actividad provocan la emisión de radiaciones electromagnéticas de carácter no ionizantes, por lo que debido a la ubicación de las antenas de telefonía móvil, dentro de los núcleos de población o en zonas cercanas a los mismos, se presenta la potencial nocividad que éstas pudieran tener para la salud de los ciudadanos ante la posible exposición de los ciudadanos a dichas radiaciones.

Hemos de insistir en el carácter “potencial”, porque si bien, se han corroborado la existencia de una serie de efectos en el organismo humano, no se puede afirmar categóricamente que tales efectos conlleven una merma en la salud de la población.

Aunque presuntamente no SUPONGAN NINGUN RIESGO para la salud ya que cientificamente no se ha podidio de mostrar, pensamos que las antenas de telefonía móvil deberian de instalarse en nucleos alejados de la poblacion. Ademas existen muchos casos en los que se juega con los intereses económicos de la población; generalmente desinformada respecto a este tipo de instalaciones, aprovechándose de la confusión por el desconocimiento.

Es innegable que estamos ante un terrreno pantanoso,por tanto mientras no se sepa si son o no perjudiciales habría que preservar los intereses de la población evitando someterla a potenciales riesgos.

Bibliografía

www.filosofiayderecho.com. Articulo firmado por Daniel Terrón Santos.

Directorio ecologico y natural.

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Alumnos curso Prevencionista de Riesgos Laborales – FOREM Albacete

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Este contenido ha sido publicado en la sección Artículos Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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