La entrada de España en la Unión Europea supuso la aceptación de la legislación comunitaria y la transposición de las directivas europeas que se aprobaban en el parlamento europeo. Una de estas directivas era la 89/391/CEE relativa a la aplicación de las medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo.

La aceptación de esta directiva y la aprobación de la ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales supuso un acercamiento en cuanto a criterios para la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores de la Unión Europea, aparte de derrogar la Ordenanza de Seguridad e Higiene en el Trabajo y actualizar la normativa al respecto. Dichos criterios fueron adoptados de manera diferente entre los distintos estados miembros. Mientras que en Bélgica, Francia, Alemania y Dinamarca se obliga e incentiva la implantación de servicios internos en la empresa en otros países, con España y Portugal a la cabeza, se incentiva la adopción de servicios externos, con el perjuicio que ello supone para implantar un sistema de gestión de la prevención en la empresa.

El mínimo que marca la ley para disponer de un servicio de prevención propio es de 500 trabajadores y 250 para actividades catalogadas de peligrosas. La realidad es que España es un país de pequeña y mediana empresa donde hay mucha empresa de 50 a 500 trabajadores que esta legalmente amparada para no implicarse de lleno en la prevención. Además las empresas de 6 a 500 trabajadores están obligadas a pasar (y a pagar) una auditoría en caso de no querer contratar la prevención con un servicio externo. La empresa, puesta a pagar de todas maneras, opta por la opción mas fácil, que es contratar un servicio externo.

Por si esto fuera poco se persigue desde hace tiempo la privatización total del sector de la prevención con la segregación de los servicios de prevención de las mutuas. A mi juicio lo que ocurrirá con esto es que el empresario buscará siempre la opción más barata, como se hace hoy en día, sin importarle la calidad del servicio prestado ya que con esta segregación todos los servicios de prevención ajenos, como empresas con ánimo de lucro que son, lógicamente buscan subsistir y prosperar en su sector. Todos los servicios, tanto los privados como los que se separen de las mutuas, buscan el máximo beneficio, y esto se consigue a base de cargar de trabajo a los técnicos de prevención y exigirles productividad (que no reducción de accidentes) a toda costa.

El futuro de la prevención para conseguir una implantación de un sistema de gestión de la prevención en todas las empresas es consensuar un sistema que incentive la adopción de servicios internos en la empresa, dejando cada vez más a los servicios externos como consultoras y asesoras, no como empresas productoras de informes. Para conseguir esto es imprescindible ser realista y muy crítico con el estado actual de la implantación de la prevención en España, por lo que habrá que dar el máximo de facilidades a las empresas, dar subvenciones, implantar el sistema de Bonus Malus en las cotizaciones a la Seguridad Social, dar premios a las empresas y todas aquellas medidas institucionales destinadas a promover la implantación de la prevención, no el castigo por su ausencia. Respecto a los servicios de prevención externos sería conveniente buscar un diálogo y un acercamiento entre los servicios privados y los de las mutuas erradicando esta rivalidad que existe hoy en día. Un sistema muy válido sería el existente en Bélgica, en el que hay SPAs con iniciativa privada y pública y es el estado el que fija los precios para todos. Dicho modelo sería parecido al que existe hoy en día con la educación y la sanidad.

En definitiva, el camino para la reducción REAL, no sobre números, de los accidentes en España es la implantación de la prevención desde dentro de las empresas y buscando la máxima calidad en los servicios externos con lo que la privatización total del sector no es ni mucho menos una solución al respecto.

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Vidal Serrano Carnal – Tácnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales

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Este contenido ha sido publicado en la sección Artículos Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales en Prevention world.

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