Respuestas de foro creadas

Viendo 15 entradas - de la 46 a la 60 (de un total de 86)
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  • en respuesta a: REA para montadores de mobiliario de cocina #335549 Agradecimientos: 0
    requemao
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    octubre 2006


    En una jornada sobre el reglamento Ley subcontrat. realizada en mi CC.AA. un Inspector de Trabajo comentó el criterio de la Dirección General de Trabajo (realizado a consulta de un empresario). En él aparecían varios casos sobre la necesidad o no de estar inscrito en REA:

    -Gestión de Residuos en obra y control calidad: SI
    -Alquiler de Maquinaria con operador: SÍ
    -Alquiler Maquinaria sin operador: NO

    -MONTAJE PUERTAS MADERA en obra: SI
    (Si solamente se aportan materiales: NO, ya que entonces no existe subcontratación)

    -Fabricación Mortero en una planta de la propia empresa (ajena a obra): NO
    -Fabricación Mortero en la propia obra: SI.

    Espero que te sirva de ayuda.

    Saludos.

    requemao
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    octubre 2006


    Totalmente de acuerdo con batalleta. En otros foros la figura del moderador resulta imprescindible tanto para evitar indeseables, evitar duplicar hilos (el propio moderador puede informar a la persona de la existencia de un hilo con el tema que acaba de proponer), temas frecuentes, etc.
    También tiene razón Fuga23 sino se puede no se puede pero beneficioso sería al 100%.

    en respuesta a: Evaluación del Riesgo de Incendio en un Bar #319345 Agradecimientos: 0
    requemao
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    octubre 2006


    Hasta que no sepa el método no. Si me lo preguntas por las instalaciones te puedo decir que es pequeño. La pregunta que hago es porque me da la sensación que aplicar los métodos que os comenté para este tipo de instalaciones es como matar moscas a cañonazos, lo digo por lo simple que resulta el criterio de la orden ministerial.
    Un saludo.

    en respuesta a: Plan de Emergencia en un bar #318923 Agradecimientos: 0
    requemao
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    octubre 2006


    Ante todo grácias por las respuestas, no es un gran bar, es un chigre osease una cocinera con un camarero y con una ocupación de no más de 20 personas. El ayuntamiento exige un plan de emergencia que cumpla con la legislación vigente, si no es así debe contener al mínimo una serie de puntos que entre otras cosas es el estudio y evaluación de factores de riesgo y clasificación de emergencias previsibles(utilizaré método gretener por eso de ser de reconocido prestigio, etc). La duda surgía de la legislación de referencia que por lo visto al no ser de aplicación el real decreto 393, no hay ninguna otra legislación que lo complemente, así que me ceñiré al guión que me indican, que como dice es de aplicación si no existe legislación al respecto, que era donde tenía la duda.
    Lo dicho, grácias por vuestras respuestas.

    en respuesta a: Suspensión de sueldos #315684 Agradecimientos: 0
    requemao
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    octubre 2006


    Perdona, me expliqué mal, en vez de “otro foro”, debí decir “tema o hilo”.

    en respuesta a: Suspensión de sueldos #315682 Agradecimientos: 0
    requemao
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    octubre 2006


    Entiendo que lo que Unamisma quiere decir es que el bajon que tienen de empresas en MGO lo suplen con las bajas voluntarias de técnicos y no con despidos como se comenta en este foro. Lo que tu comentas pertenece a otro foro y no al que se está hablando en este.

    en respuesta a: Suspensión de sueldos #315668 Agradecimientos: 0
    requemao
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    octubre 2006


    Buenos días, respecto a los interrogantes tienes toda la razón, pero dejarla caer de esa manera para en unos post mas adelante escriba refiriendose a MGO :”…de la quiebra de la empresa si, y de fuentes bastante fiables” para seguir alimentando la bola…
    Lo que no entiendo es que si tiene fuentes bastante fiables para qué pregunta,lo único que consigue es que la gente que trabaja en MGO se preocupe, y tal como están las cosas creo que no es recomendable.
    En cuanto a las pagas y sueldos, cuando trabajaba en MGO los que tenían la cuenta en La Caixa solían cobrar un día antes porque es con el banco que trabajaba MGO ( de ahí que cobren antes los de Barcelona, que segúramente tengan todos la Caixa).
    Si es verdad lo de la compra será porque interesa.¿no?.
    Finalmente por lo que me han comentado amigos que tengo allí se sigue cobrando igual y no hay nada extraño, salvo la famosa cesta que es más pequeñita.
    Para Espirall: vas a tener que seguir compitiendo con MGO.
    Un saludo.

    en respuesta a: Curiosidad y pregunta para NOTA #75339 Agradecimientos: 0
    requemao
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    octubre 2006


    Así olerá.

    en respuesta a: urgente duda! #75370 Agradecimientos: 0
    requemao
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    octubre 2006


    Hace tiempo que lo leí, no obstanta este real decreto es para los equipos de trabajo tengan o no CE, es más este real decreto establece que las maquinas nuevas tienen que tener marcado CE, es decir en ningún lado pone que sea de aplicación exclusivamente a las que no tengan CE.
    Digo esto porque aparte de tratar la adecuación al R.D. 1215/97 de aquellas que no dispongan de CE, que realmente debería decirse adecuación al anexo I (creo que es este) del r.d 1215
    También obliga al mantenimiento de las maqúinas(tengan o no CE), al montaje seguro de la máquina en su lugar de trabajo, a mantener a disposición de la autoridad laboral la documentación y revisiones (tengan o no CE), al manual de instrucciónes…

    en respuesta a: Anécdotas y demás peculiaridades de la prevención #77262 Agradecimientos: 0
    requemao
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    octubre 2006


    En una clase de formación sobre extintores de una empresa que estaba contratada para realizar la limpieza diaria en un hospital:
    “el extintor solo lo pueden utilizar los del hospital porque tienen un seguro” refiriendose al a pasador del extintor.

    en respuesta a: MEDICIONES HIGIÉNICAS #78276 Agradecimientos: 0
    requemao
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    octubre 2006


    Dependerá de que tanto porciento estés por debajo de los vla. Mírate la guía, vienen establecidos unos periodos.

    en respuesta a: ¿Pudiera darse el caso? #78762 Agradecimientos: 0
    requemao
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    octubre 2006


    Creo que es lo que dices lo de legal o ilegal la respuesta es clara, la pregunta debería ser ¿es justo o injusto?

    en respuesta a: ¿Pudiera darse el caso? #78770 Agradecimientos: 0
    requemao
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    octubre 2006


    En cuanto a lo de cobertura legal que es importante también quiero decir obligatoria, no quiero que parezca que digo que no haya que asumir de una forma u otra la prevención.

    en respuesta a: ¿Pudiera darse el caso? #78774 Agradecimientos: 0
    requemao
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    octubre 2006


    Está claro que desde el punto de vista legal debería seguir con el SPA o asumirla el empresario, aunque respondiendo a lo que creo que quiere decir, desde luego que no sería necesario que siguiese con el SPA puesto que no le va a hacer nada nuevo (lo de la investigación de accidentes ¿cada cuanto le puede pasar?, le sale más rentable que cuando tenga un accidente contratar un año el spa). En resumen con el ejemplo que nos ha puesto creo que lo que pagaría en sucesivos años sería únicamente la cobertura legal(que es importante) pero en ningún momento un servicio útil.

    en respuesta a: Mediciones de ruido #80444 Agradecimientos: 0
    requemao
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    octubre 2006


    Algo similar ocurre cuando mides a los trabajadores que retiran placas de fibrocemento que contienen amianto, es decir independientemente de lo que de el muestreo personal, los trabajadores van a ir con todo el equipo de protección personal.

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