Respuestas de foro creadas
-
AutorEntradas
-
Creo que estais todos de “cachondeo” no?, con éste tipo de preguntas estamos haciendo un flaco favor a nuestro trabajo, a nuestra dignidad como trabajadores y lo que es peor a la SEGURIDAD Y SALUD de los trabajadores que tenemos a “nuestro cargo”. No doy crédito.
23 noviembre, 2010 a las 19:17:00 en respuesta a: Sería accidente de trabajo? #387512 Agradecimientos: 0Efectivamente y tal como formulas tu pregunta es accidente de trabajo.
17 noviembre, 2010 a las 10:36:00 en respuesta a: INFORMACION A DELEGADOS DE PRL #387437 Agradecimientos: 0Mirate el Criterio Tecnico del Ministerio de Trabajo es el 45/2005, donde se recoge que TODA la informacion refereida a la prevencion de la empresa TIENE que recibirla, es decir, COPIA los Delegados de Prevencion, para que la misma sea INTEGAL en la empresa.
12 octubre, 2010 a las 22:30:00 en respuesta a: QUADS COMO EQUIPOS DE TRABAJO #384443 Agradecimientos: 0Amigo Carlos, por muchas vueltas que le des NO SON EQUIPOS DE TRABAJO, por lo tanto NO SE PUEDEN UTILIZAR EN TAREAS AGRICOLAS.
P.D. Si tienes alguna duda dirijete al MTAS24 septiembre, 2010 a las 13:37:00 en respuesta a: Nuevo jefe(llego el toque de queda.) #382897 Agradecimientos: 0SI, PUEDE HACERLO, seguramente tu Jefe ya está poniendo en practica la Reforma Laboral, y además el no cumplimiento de las tareas es motivo de despido procedente con una indenizacion de 12 pòr año que paga el empresario. Otra cosa será si tienes o no formacion para esas tareas y todo eso,pero la Reforma trae nuevos escenarios
mira tambien la página de istas, seguro que encontraras un método a aplicar, y acordado por el insht,mutuas y agentes sociales, te será de gran utilidad, para tus clases.
Ahora mismo, aquí en España el unico titulo reconocido a nivel de UE es el de “Tecnico Superior de Riesgos Profesionales”, lo demás está por ver.
8 junio, 2009 a las 18:15:00 en respuesta a: COMITES DE SEGURIDAD Y SALUD #334687 Agradecimientos: 0Creo que lo mejor es que uno de los cargos que indicas sea obtentado por la representación de los trabajadores y cada dos años ir alternando.
7 abril, 2009 a las 11:45:00 en respuesta a: Modulos de vivienda en fincas agricolas #328083 Agradecimientos: 0Eso corresponde a normativa sobre contingentes de trabajadores temporeros, consulta la nromativa al respecto, aunque como orientacion te puede servir el RD 486
31 marzo, 2009 a las 12:33:00 en respuesta a: ARRANQUE MAQUINARIA JARDINERIA #325503 Agradecimientos: 0Has provado a cambiar de maquinaria? No todas se arrancan a tiron.
creo que está claro, a partir de 2 metros
Sabemos que los llamados “reconocimientos” son en realidad vigilancia de la salud, referidos a los riesgos que se está espuesto?, por lo tanto se deben de aplicar los protocolos adecuados y no la simple analitica y punto.
10 diciembre, 2008 a las 17:52:55 en respuesta a: regimen especial agrario #74885 Agradecimientos: 0Pos va a ser que SI
No entiendo la dificultad que planteas, es que si es accidente de “in itinere” no lo contemplas como accidente de trabajo? no le das la misma consideracion de accidente?, porque accidente si és.
24 septiembre, 2008 a las 14:44:57 en respuesta a: TSPRL de empresa con SPA: responsabilidades #84747 Agradecimientos: 0Entiendo que tu figura es la de Trabajador designado (modalidad de prevencion que ha elegido tu empresa) en el RD 39/97 encontrarás tu deberes y responsabilidades.
-
AutorEntradas