Viendo 14 entradas - de la 1 a la 14 (de un total de 14)
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    febrero 2004

    Iniciado

    a que altura (metros) se considera trabajar en altura

    #325452 Agradecimientos: 0
    juan005
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    mayo 2003


    a partir de 2 metros

    #325453 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
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    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    ¿Cómorrr?

    Me creo yo que se considera “trabajo en altura “a todas aquellas operaciones que se realicen por encima del nivel de referencia (entendiendo por este la superficie sobre la que se puede caer).

    No busques metros; lo de los 2m sólo hace referencia al nivel a partir del cual la protección frente a caídas es obligatoria a efectos legales.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #325454 Agradecimientos: 0
    Camano
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    abril 2008


    Quizá te refieres a caídas a distinto nivel y caídas de altura.¿no?

    #325455 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Euh…no sé si me preguntan a mí, pero por si acaso, NO.

    Caídas son caídas. ¿A qué altura se considera una caída de altura? No tiene mucho sentido.

    Yo me refiero a “trabajos en altura” tal y como suena. La referencia legal de los 2m que nos solemos encontrar se refiere a la altura a partir de la cual la protección contra caídas es obligatoria, pero yo voy al concepto en sí.

    Para una muestra de lo que dije antes, consultad por ejemplo (aunque no sé si es el sector de aplicación para este supuesto) la explicación de la Guía del INSHT sobre la Parte C 3.b) del R.D. 1627/1997.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #325456 Agradecimientos: 0
    Segorbe
    Participante
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    enero 2009


    Como dice nuestro compañero se marca una altura de 2 metros pero debiendo considerar siempre las situaciones propias de la obra. Quiero decir que como mínimo a partir de 2 metros se deberán colocar todas las protecciones colectivas, porque en el caso de que a una altura inferior sea preciso colocarlas por el lugar situación o trabajo, se deberá colocar.

    #325457 Agradecimientos: 0
    Camano
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    abril 2008


    Disculpa Sigur no era para tí,siempre me hago un lio y meto mi post dentro del último que leo…y sí, estoy de acuerdo con vuestras aportaciones más arriba del punto de referencia es trabajar en altura.

    #325458 Agradecimientos: 0
    pipilo
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    marzo 2009


    Se considera trabajo en altura a partir de los 2.4 metros (8 pies) para lo cual se debe utilizar arnés de seguridad para preservar la seguridad de la persona.

    #325459 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Estimada, en chile sobre los dos metros, se conciderá los trabajos en altura.

    #325460 Agradecimientos: 0
    pepeg440
    Participante
    0
    enero 2009


    Lo que dice sirgudlab es rigurosamente cierto,si tu pregunta se refiere a la estricta legalidad esa es la respuesta correcta.

    A efectos practicos llamamos “trabajo en altura” a los que se realizan por encima de dos metros del nivel de referencia, superficie de caida, por la exigencia legal de prever medidas de protección.

    Ojo, con esto no estoy diciendo que por debajo de los dos metros no tengamos que valorar el riesgo y adoptar medidas.

    #325461 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Tal como dice Pepeg440 es así y no hay que olvidar los riesgos derivados de trabajos en altura a partir de los 50 cm (aparece en normas UNE como referencia para colocar barandillas) o 60 cm que proviene de las NTP.

    #325462 Agradecimientos: 0
    qeve
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    febrero 2003


    creo que está claro, a partir de 2 metros

    #325463 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
    Participante
    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    Tras lleer las anteriores ontestaciones añadirme a lo de los 2 m., pero decir a la vez que hay alguna sentencia cxondenatoria por accidente con persona fallecida trabajando a 60 cm. Recirdar también que, a título anecdótico, el hermano del entonces ministro de Franco Sr. Fernández Cuesta, se mató entrando en un funeral en una iglesia de la calle Goya esquina Hermosilla. . .

    #325464 Agradecimientos: 0
    mobil
    Participante
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    marzo 2009


    Al que encuentra un parrafo en la ley que diga lo qe es trabajo en altura,le beso lo pies.La ley dice a que altura hay que poner redes y otros utensilios de proteccion colectiva.La definicion exacta de trabajo en altura no se expresa.Empresas como la general en murcia consideran qe trabajo en altura es todo lo qe sea dejar de tener los pies a nivel del piso.

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