Respuestas de foro creadas

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  • en respuesta a: Custionarios de salud sensibles #296365 Agradecimientos: 0
    Joan QA
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    febrero 2002


    Estimado compañero:

    Realmente son interesantes tus planteamientos, antes de proseguir te agradecería me indicases “brevemente” en que consiste el Strain index, pues no lo tengo presente.

    Por la repuesta que das a la cuestión referente a cuestionarios sensibles de salud, intuyo que tu servicio de prevención está en una fase muy avanzada de evaluación de riesgos, estudios ergonómicos, con sus correspondientes adaptaciones del puesto de trabaja al trabajador, etc.

    La realidad “nacional” no creo que sea esta, al menos la que yo conozco.

    La mayoría de empresas aún están en la evaluación de riesgos, algunas con evaluaciones de higiene, las evaluaciones ergonómicas aún las veo muy lejos, y las medidas correctoras más lejos aún.

    Me consta que la idea general es revisión médica anual

    Me consta personalmente que inspección le gusta la idea de revisión anual, comentario más o menos literal de inspectora a pregunta directa:

    – ¿ Ud. con que periodicidad considera adecuada las revisiones médicas a trabajadoras de oficina con “único” riesgo de videoterminales?

    – No creo que sea necesario realizar más de una revisión anual, si bien el criterio del médico puede indicar periodicidad más frecuente.

    “Articulo 22. Vigilancia de la salud

    1. El empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la “vigilancia periódica” de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo.”

    Como observarás no indica reconocimientos periódicos. En el último párrafo del punto 1 dice:

    “…deberá optar por la realización de aquellos reconocimientos o pruebas que causen las menores molestias posibles al trabajador y que sean proporcionales al riesgo.”

    en respuesta a: Custionarios de salud sensibles #296362 Agradecimientos: 0
    Joan QA
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    febrero 2002


    Estimado compañero:

    Estoy totalmente de acuerdo en que es imprescindible una buena evaluación de riesgos, que esta, junto con la intervención del comité de seguridad y salud definirá en que puestos los reconocimientos son obligatorios. Esto no lo discuto, al contrario.

    Aunque sea obligatorio un reconocimiento médico no quiere decir que se lo he de efectuar cada mes, cada seis meses, cada año o cada vente años, ahí está el quid de los cuestionarios que estoy planteando, si no realizo a todos los trabajadores revisión médica cada seis meses o cada año, ¿Como sé si las condiciones del trabajo pueden estar empezando a menoscabar la salud del trabajador?.

    Evidentemente no me refiero a “enfermedad profesional establecida”, si no a aquellas situaciones que al trabajador aun no le limitan al realizar su trabajo habitual, pero que ya empieza a tener pequeños (o grandes) problemas para desempeñarlo.

    Comentáis sobre si enfermedad común,… creo que estamos de acuerdo que se han de hacer revisiones médicas, estas te ayudaran a orientar si procede sobre el diagnostico de enfermedad común o profesional, per este ya es otro tema no planteaba en la anterior pregunta y que evidentemente no creo que un cuestionario se ayude a solucionar.

    Atentamente,

    Joan Quintana A.

    en respuesta a: ENFERMOS CON SIDA #297124 Agradecimientos: 0
    Joan QA
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    febrero 2002


    Soy de identica opinió de Miami, se ha de informar y formar a todos los trabajadores del riesgo general de la posible infección a traves de heridas, y siempre se ha de actuar como si el agente infeccioso estuviera presente, aunque ningún trabajor tenga ninguna enfermedad vírica transmisible por sangre.

    Seria interesante que la empresa (servicio médico) elaborase un protocolo de actuación en caso de “contaminación accidental” por sangre.

    en respuesta a: InaptitudTemporal #297375 Agradecimientos: 0
    Joan QA
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    febrero 2002


    No quisiera entender que esta empresa publica “paga” en función del riesgo.

    en respuesta a: Vigilancia de la salud en construcción #299969 Agradecimientos: 0
    Joan QA
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    febrero 2002


    PREGUNTAS SIMILARES SE REALIZARON ANTERIORMENTES, PUEDES CONSULTAR LAS RESPUESTAS. En resumen la vigilancia de la salud ya no puede ir a cargo de cuotas.

    saludos

    Joan Quintana

    en respuesta a: Revisiones laborales #300773 Agradecimientos: 0
    Joan QA
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    febrero 2002


    Las respuestas que teha dado considero que son muy acertadas, creo que esta información se la dieras al responsable del servicio de prevención. Como la responsabilidad no es tuya de la legalidad de estas revisiones, y si no quieres enfrentamientos, yo las haria, siempre con autorización por parte del trabajador en la que indique que te autoriza a realizarle una revisión médica “general”

    Suerte

    Joan Q A

    en respuesta a: Vigilancia de la salud #300533 Agradecimientos: 0
    Joan QA
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    febrero 2002


    Siento informarte que no ha subido substancialmente el precio de la hora de la unidad bàsica de salud en las mutuas (Quizà solo el IPC), el problema que tienes que que hasta el momento la mutua te facturaba un precio irrisorio (supongo). ( si no haz numero a que precio te sale cada revisión que hacias (quizá con analítica) a a ver si puedes encontrar algún médico que te lo haga. El tema es que la mutua no aplicaba el coste real, si no que consideraba que la vigilancia de la salud estaba sudvencionada a cargo de quotas, actualmente (des de 1 de febrero) esta opción ya no la tiene la mutua y por esto el presupuesto que te ha hecho quizá se acerca a la realidad de los costes de la unidad básica de salud (son titulados superiores con especialidad (9 años para el médico-….)).

    Te aconsejo que propongas un contrato variable según las actividades y que ajustes las revisones médicas periódicas (la parte más onerosa) a la peridiocidad real por riesgo y las exploraciones complementarias a la realidad por riesgos.

    atentamente,

    Joan Q A

    en respuesta a: electrocardiograma #301053 Agradecimientos: 0
    Joan QA
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    febrero 2002


    lA VIGILANCIA A DE SER ESPECÍFICA POR RIESGOS, SI CONSIDERAS QUE UN TRABAJO POR LA EDAD Y EL TIPO DE TRABAJO CON UN EKG EVALUAS LA SUSCEPTIVILIDA LA RIESGO ESTÀ INDICADO, SI NO NO.

    ATENTAMENTEJoanQ.A.

    Joan QA
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    febrero 2002


    SOLAMENTE SI ES CONTRACTANDO EL SERVICIO DE PREVENCIÓ (LA ESPECIALIDAD DE VIGILANCIA DE LA SALUD) Y SI ESTA VIGILANCIA DE LA SALUD ES ESPECÍFICA POR LO RIESGO.

    ATENTAMENTE

    JOAN Q.A.

    en respuesta a: Deontologia medica #301268 Agradecimientos: 0
    Joan QA
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    febrero 2002


    En la anterior consulta ya comente la importancia de llegar a un acuerdo empresa i comeite de seguridad sobre que trabajaos pueden afectar la salud de los trabajadores con lo que las revisiones médicas periodicas son obligatorias.

    Una vez resuelto esta cuestión las actuiaciones son faciles, se han de promover las revisiones obligatorias por riesgos laborales y a partir de alli dar la aptitud, la no aptiud o la aptitud en condiciones del trabajor

    At. Joan Q

    en respuesta a: reconocimientos medicos obligatorios. #301292 Agradecimientos: 0
    Joan QA
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    febrero 2002


    Como ya se mencionó anteriormente los reconocimientos médicos son voluntarios, salvo que este legislado en contr (pe. ruido, pB, radiaciones, ….) O si la salud del trabajador puede ser perjudicada por el trabajo o su salud puede perjudicar a los demás (p.ej un epileptico “activo” realizado trabajos peligroso o con maquinaria peligrosa. Para ello es importante que la empresa junto con el comite de seguridad i salud acuerden que puestos de trabajo y para que riesgos la vigilancia de la salud es obligatoria, una vez realizado esto hay obligado cumplimiento por las dos partes, la empresa y los trabajdores.

    en respuesta a: Servicio de prevención #301901 Agradecimientos: 0
    Joan QA
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    febrero 2002


    Interpreto que un servicio de prevención propio puede contratar servicios de las especialidades que carezca, Un servicio de prevención ajeno ùede contratar especialistas por temas específicos, pej. un oftalmologo, un dermatologo en situaciones concretas y como consultor, Una empresa puede tener contratado varios serviciosn de prevención y cada uno de ellos ofertar una especialidad. No creo que un servicio de prevención ajeno pueda contratar a otro servicio de prevención, para ello puedes consultar los articulos 17-18 del reglament de los servicios de prevención

    Saludos, Joan QA

    en respuesta a: Leguislación #301903 Agradecimientos: 0
    Joan QA
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    febrero 2002


    Se les aplica el mismo reglamento, asi la disposición transitoria segunda, indica las condiciones para poder acreditar los servicios de prevención la mutuas, que resumineto son los mismos que el resto de los servicios de prevenció.

    Saludos, Joan Q.

    en respuesta a: Picadura de insecto en el trabajo #301952 Agradecimientos: 0
    Joan QA
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    febrero 2002


    El trabajador sufrió una picadura por arácnido en el puesto de trabajo, si estuviese en su casa no habria sufrido “esta” picadura, entonces claramente es un accidente de trabajo. Del proceso se ha de hacer cargo su mutua de accidentes de trabajo.

    Joan

    en respuesta a: Agentes Biológicos #302318 Agradecimientos: 0
    Joan QA
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    febrero 2002


    Entiendo que la pregunta es: ¿Se han de hacer revisiones médicas?, la respuesta esta en la evaluación de riesgos, ella te ha de determinar que riesgos biologicos existen y segun ellos tendras de hacer un nivel de reviones médicas o otro nivel, aunque entiendo que la los riegos biologicos “suelen” ocasionar enfermedades agudas, y en las reviones periodicas es myuy dificil encontrar nada. Si detallases un poco más a que agentes biologicos te refieres la respuesta se podria concretar más.

    Joan

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